La Asociación Nacional de Inspectores de la Hacienda Pública Local (ANIHPL) ha presentado el Libro Blanco para la reforma de la tributación local. Un trabajo elaborado durante varios meses que incorpora casi 100 propuestas provenientes de instituciones y funcionarios públicos de la administración municipal y provincial dirigidas a la mejora integral del diseño y gestión de los impuestos y tasas locales. Tributos que, en opinión de ANIHPL, sufren desde hace varias décadas una inseguridad jurídica permanente.
El Libro Blanco, cuya presentación se ha realizado durante el XXIV Congreso Anual de la asociación de referencia nacional en materia de tributación local vinculada con más de 3.000 municipios en España, insiste en el carácter público de la actividad de inspección tributaria local y en la ilegalidad de su posible externalización; plantea una reforma de todos los tributos y tasas locales; promueve la utilización de tecnologías informáticas y telemáticas; y propone una mayor diferenciación de tipos impositivos en función de la población de los municipios.
Asimismo, el texto reclama facilitar la gestión, recaudación e inspección de los derechos de naturaleza pública; solicita reforzar la obligación de compensación por el Estado de los beneficios fiscales establecidos en materia de tributos locales; y contempla habilitar a Diputaciones, Consejos, Cabildos y Ayuntamientos de población relevante o capitales de provincia para que puedan hacer efectivos sus derechos tributarios fuera de su ámbito territorial.
Una reforma integral de los tributos
Sobre la tasa local de residuos domésticos prevista en la Ley 7/2022 de residuos y suelos contaminados para una economía circular, se propone la introducción de ciertos criterios opcionales, que pasan así a tener respaldo legal, para posibilitar que los ayuntamientos que lo consideren oportuno puedan acogerse a ellos en la regulación de su tasa o prestación.
En el Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU), la plusvalía municipal, se establece la condición técnica de opción tributaria con la posibilidad de solicitar la estimación directa de la base imponible. También se precisan los valores aplicables a esta modalidad con introducción del valor de referencia, tal y como ya se hace en otros tributos, y se indica cómo determinar el período impositivo en algunos supuestos. Asimismo, en la propuesta se aclaran ciertas exenciones y obligaciones formales, así como algunos supuestos de no sujeción y se detalla legalmente el momento del devengo en las transmisiones mortis causa.
En el caso del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) se propone la introducción de ajustes técnicos, la mejora de la coordinación de los mecanismos de gestión e inspección catastral y de gestión e inspección tributaria, se da mayor precisión a la situación de las herencias yacentes en relación con el impuesto, se acota la división horizontal fraudulenta dirigida exclusivamente a evitar la tributación correcta de ciertos inmuebles y se llama la atención sobre la necesidad de modificar, actualizar y unificar la valoración de dichos bienes inmuebles.
En el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) se insiste en la necesidad de actualizar su normativa, la delimitación de los sujetos pasivos, el prorrateo de las cuotas en casos de cambio de titularidad y las obligaciones formales de los contribuyentes, proponiendo algunos cambios en las instrucciones de las tarifas.
Adecuar el impuesto de circulación a cada contribuyente y al principio de quien contamina paga
En el Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM), también conocido como el impuesto de circulación, se propone una modificación del tributo dirigida a que, por una parte, se tribute con arreglo a la capacidad económica que demuestra la titularidad de un vehículo, circunstancia ahora inexistente; y por otra, se introduzca un relevante y significativo componente medioambiental que haga efectivo el principio comunitario de “quien contamina paga”. Se aborda igualmente la introducción de diversos ajustes técnicos como la exención de los vehículos destinados a extinción de incendios y protección civil o la no sujeción de los vehículos robados o sustraídos.
En el Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO) se precisan ciertos aspectos del hecho imponible y del sujeto pasivo. También de la determinación de la base imponible y los elementos que la integran, así como de algunos aspectos relacionados con la gestión del tributo, como la plasmación legal de la posibilidad de exigir por autoliquidación el ingreso correspondiente al coste real y efectivo que haya tenido finalmente la construcción, instalación u obra.
En lo referente a las tasas y las prestaciones patrimoniales públicas no tributarias (PPPNT), se destaca la situación de inseguridad jurídica que presenta su regulación y se proponen algunas medidas destinadas a paliar este problema; en este sentido, se incide en la regulación de los informes económico financieros que deben acompañar tales tasas así como su exigencia para las PPPNT, hasta ahora no contemplada, de informes que deben ser elaborados por funcionarios públicos en un intento de garantizar su precisión e independencia técnica.
Las iniciativas planteadas en el Libro Blanco se ordenan de forma especializada por tributos. Van precedidas por las que se considera que tienen carácter transversal y afectan a la tributación local en general.
Desapego hacia lo público y fraude tributario
ANIHPL recuerda que hay episodios en la tributación local especialmente negativos. Particularmente famoso fue el caso de la inseguridad jurídica en torno a la plusvalía municipal, que comienza con la sentencia del Tribunal Constitucional de mayo de 2017, la cual admitió la posibilidad de que los ciudadanos pudieran acreditar situaciones de minusvalía, advirtiendo expresamente la necesidad de que se diera una correcta regulación a este impuesto. Algo que no solo no sucedió, sino que se agravó con la declaración de inconstitucionalidad de este tributo en octubre de 2021 tras una sentencia del propio TC.
Ocurre lo mismo con otros tributos como el Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO), que supone una recaudación próxima a los 1.000 millones al año para los ayuntamientos y los entes locales, en opinión de los Inspectores de la Hacienda Local una “criatura de la jurisprudencia” desarrollada “a golpe de sentencias” durante este periodo. Todo ello pese a tratarse de un impuesto presente en la vida del contribuyente al gravar cualquier construcción, instalación u obra que exija la obtención de la correspondiente licencia de obras o urbanística, declaración responsable o comunicación previa.
Una litigiosidad que se extiende a otros tributos y tasas como el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) o el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM).
En definitiva, el Libro Blanco trata de paliar los efectos de la improvisación o la falta de rigor del legislador, que perjudica a contribuyentes y ayuntamientos, genera situaciones injustas, daña las arcas públicas y deslegitima el funcionamiento de las Administraciones públicas. Esto último es especialmente negativo, ya que a juicio de la Asociación genera desapego hacia lo público y favorece el fraude tributario.
La Asociación Nacional de Inspectores de la Hacienda Pública Local (ANIHPL) defiende el papel de la inspección tributaria local en la lucha contra el fraude y en la mejora de la concienciación fiscal de los contribuyentes. Constituida al amparo del artículo 22 de la Constitución Española y de la Ley Orgánica 1/2002, aboga por una modernización tributaria que prestigie la Administración local y la labor de sus empleados públicos. Tiene capacidad jurídica y carece de ánimo de lucro.
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