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  • Repartir la herencia a partes iguales disminuye los conflictos entre familiares
  • La causa principal por la que las personas se ven obligadas a renunciar son las deudas que pueda tener el fallecido

El 88% de los españoles afirma que su herencia debe ser para sus hijos, independientemente de la relación que tengan con ellos, según un estudio de la Fundación BBVA. En este sentido, la abogada experta en herencias de ARAG, Laura Dubà, apunta que la razón es que vivimos en una sociedad muy arraigada a la familia, “aunque en ARAG cada vez nos encontramos a más asegurados que quieren repartir la herencia de la forma más equitativa posible, para que así no haya disputas. Prefieren dejarlo todo detallado para así evitar cualquier tipo de conflicto posterior, con el desgaste emocional y económico que eso conlleva”.

En este sentido, incluso existen varias fórmulas en las que se puede desheredar a un hijo a través de un testamento y también del cobro de la legítima (que es la reserva de un porcentaje del patrimonio del fallecido a los descendientes marcado por la ley). “Es algo cada vez más frecuente y puede deberse a la falta de relación con el fallecido, por maltrato o injurias, entre otros motivos”, argumenta Dubà.

La abogada indica que una buena planificación sucesoria es lo mejor para evitar un enfrentamiento entre los herederos, pues advierte que no solo las grandes herencias pueden romper familias. “En muchas ocasiones, si no se hace un buen reparto de la herencia se ven conflictos entre hermanos por un simple reloj de pared, una joya o una lámpara”. Esto es así porque los motivos no son solamente económicos: “por ejemplo, si uno de los hijos se ha dedicado por completo al cuidado de sus progenitores y otro no y, finalmente, son herederos a partes iguales, uno de ellos puede considerar que moralmente el reparto no es justo”.

Un 25% de renuncias de herencias

Según los últimos datos del CIEN (Centro de Información Estadística del Notariado), en 2021 se renunció a un 25% de las herencias en España. “La causa principal por la que las personas se ven obligadas a renunciar son las deudas que pueda tener el fallecido y que se heredan junto a los activos”, indica Laura Dubà, abogada de ARAG.

Otra de las causas de renuncia es la carga fiscal que puede conllevar aceptar la herencia y el hecho de que no se pueda asumir el pago de impuestos y los costes de tramitación (por ejemplo, el notario o el Registro de la Propiedad).




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