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El pasado 11 de marzo el BOE publicó el Real Decreto 106/2018 de 9 de marzo (versión consolidada) por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021 (versión consolidada). Este plan aporta importantes novedades como la posibilidad de obtener subvenciones para rehabilitar unifamiliares e interiores de pisos. Como en anteriores planes el objeto de la rehabilitación debe ser conservación, mejora de la accesibilidad y eficiencia energética.

En 2017 se rehabilitaron 1,5 millones de viviendas. Un 2,3% más que en 2016. Con las condiciones de este nuevo plan podrían acogerse al mismo 17,5 millones de viviendas.

Repasemos mediante la siguiente tabla el alcance y novedades de este importante y esperado plan. España cuenta con un parque de viviendas bastante envejecido. Pese el boom inmobiliario más del 50% de las viviendas tiene más de 45 años. Además durante muchos años los edificios construidos se hacían con una calidad muy baja y los españoles dedican al mantenimiento de sus viviendas menos dinero que para el mantenimiento de los vehículos.

Dotación

 

•1.443 millones de euros (para todo el plan, no solo rehabilitación). Un 64% más que el plan anterior. 

•El reparto por años es de 350 millones para 2018, 357 millones para 2019, 364 millones para 2020 y 372 millones para 2021.

•Las ayudas están sobre todo enfocadas a jóvenes -muy en especial de zonas rurales-, mayores de 65 años, personas con discapacidad y familias numerosas.

•Para 2018, se mantiene el criterio de cofinanciación de las comunidades autónomas que en el Plan Estatal de Vivienda anterior.

•Para 2019, 2020 y 2021, por cada 100 euros estatales, 70 se condicionan a la cofinanciación de 10 euros autonómicos y los 30 restantes se condicionan a la cofinanciación de otros 20 euros autonómicos.

•El Gobierno prevé que, entre su aportación y la inversión privada que se dinamice, el plan mueva más 4.000 millones de euros y genere más 60.000 puestos de trabajo.

Entrada en vigor

 

•Las ayudas se aplican con carácter retroactivo desde el 1 de enero de 2018.

•Las CCAA deben suscribirlo en dos-tres meses, por lo que las ayudas se podrán pedir a partir de junio. 

Obras subvencionables

 

•Conservación, Seguridad, Accesibilidad: lo que incluye, por ejemplo, arreglo de fachadas, tejados, cimientos, infraestructuras como fontanería, ascensores, rampas, video porteros, rehabilitación de baños, cocinas, etc.

•Mejora de la eficiencia energética y sostenibilidad: sistemas de calefacción o refrigeración, agua caliente sanitaria, ventanas, envolventes de la fachada del edificio para aislamiento térmico y acústico, puntos de recarga de vehículos eléctricos, etc.

Propiedades subvencionables

 

•Zonas comunes de edificios (exteriores e interiores).

•Pisos individuales (exteriores e interiores).

•Viviendas unifamiliares (aisladas o agrupadas).

Fecha de construcción

 

Anteriores a 1996 (antes era antes de 1981).

Tipo de uso

 

Se abre la posibilidad de rehabilitar no solo viviendas que sean domicilio habitual sino también segundas residencias, alquileres vacacionales e incluso pisos vacíos.

El 50% de las ayudas están reservadas a viviendas que sean domicilio habitual. En el plan anterior esa reserva era del 70%.

Cuantía de las ayudas

 

La cuantía depende del tipo de inmueble a rehabilitar.

•Vivienda unifamiliar: el máximo que se puede recibir son 12.000€ o el 40% de la inversión

•Pisos: se podrá recibir un límite de 8.000€

•Edificios de viviendas: 8.000€ por vivienda como máximo y no podrá superar el 40% de la inversión (en el anterior plan el 35%).

•Locales comerciales: 80€ por metro cuadrado de local comercial.

•Inmuebles declarados Bien de Interés Cultural (BIC) tanto viviendas unifamiliares como edificios de viviendas podrán recibir 1.000€ más por vivienda y 10 euros más por metro cuadrado en los locales de uso comercial.

• 75% de la inversión si hay residentes con movilidad reducida o mayores de 65 años.

• 75% de la inversión si el beneficiario tiene ingresos inferiores a tres veces el IPREM (salario mínimo).

• 60% si la reforma incluye obras de accesibilidad.

Plazos de ejecución

 

•Los plazos máximos para realizar las obras son de entre 12 y 18 meses desde que se concede la licencia municipal.

•Para unifamiliares, por ejemplo, es 1 año. Para edificios que tengan más de 40 viviendas, el límite es año y medio. 

 




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