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·         Considera que el peaje afecta exclusivamente a los vehículos no alemanes

·         Supone una discriminación por razón de nacionalidad y una vulneración de los principios de libertad de circulación de mercancías y libre prestación de servicios

Luxemburgo ha tumbado hoy la viñeta alemana o tasa por uso de infraestructuras. Considera que la tasa por el uso de infraestructuras alemana es discriminatoria por razón de nacionalidad, vulneradora del principio de libre circulación de mercancías y contraria a la libre prestación de servicios. Es decir, es contraria al Derecho de la Unión. “Reproche solemne de la justicia europea al sistema de peajes alemán”, señala Juan Ignacio navas, socio-director de Navas & Cusí, despacho especializad en derecho europeo.

Desde 2015 Alemania modificó su forma de financiación de las carreteras federales, incluídas las autopistas. Pasó de financiación vía impuestos a un modelo de pago por uso o “quien contamina, paga”. Así, todos los vehículos matriculados en Alemania deben de pagar una tasa anual de un máximo de 130€. Para los vehículos matriculados en otro estado miembro pero que quieran circular por las carreteras alemanas estableció un peaje de 2,5 a 25€ para 10 días, de 7 a 50€ para 2 meses y de 130€ máximo para un año.

Hasta aquí, ningún reproche. El sistema es equitativo y no discriminatorio. El problema surge de la desgravación del impuesto de circulación de una cantidad como mínimo equivalente a la tasa por el uso de infraestructuras para aquellos vehículos matriculados en Alemania. Ambos elementos combinados, argumenta Austria, hacen que desde el punto de vista efectivo la viñeta alemana sólo afecte a los vehículos no matriculados en Alemania, lo que supone una discriminación por razón de nacionalidad.

El Tribunal de Justicia de la UE concluye que efectivamente supone una “discriminación indirecta por razón de nacionalidad”. Para Navas es claro que el objetivo de la desgravación es que la viñeta alemana sólo afecte a los vehículos extranjeros. “Una discriminación inaceptable en el espacio europeo”, señala el socio-director de navascusi.com

Luxemburgo también considera que la discriminación afecta al principio de libre circulación de mercancías al encarecer el coste de transporte de los productos llegados de fuera de Alemania haciéndolos más caros y menos competitivos. Por la misma razón, vulnera también el principio de la libre prestación de servicios, encareciendo artificialmente los costes de los no alemanes en relación a los alemanes.

“A partir de ahora, Alemania tiene que decidir si eliminar la desgravación fiscal de los vehículos alemanes para evitar la discriminación o eliminar la tasa tanto para alemanes como para no alemanes; lo que no era aceptable era ese juego de aparentar neutralidad para posteriormente vía desgravación eliminar la tasa solo para los nacionales”, concluye el socio-director de navascusi.com




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