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  • Además, la resolución, de 1.018 páginas, les impone la inhabilitación absoluta y especial, así como la prohibición de acercase a Alcanar durante 10 años una vez cumplidas las penas privativas de libertad

La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha condenado a penas de 53, 46 y 8 años de cárcel a los tres miembros de la célula yihadista que cometió los atentados terroristas de Barcelona y Cambrils en agosto de 2017, en los que murieron dieciséis personas.

En una sentencia, los magistrados de la Sección Tercera imponen una pena de 53 años y seis meses de cárcel a Mohamed H.C. y de 46 a Driss O. por delitos de pertenencia a organización terrorista; tenencia, depósito, así como fabricación de sustancia o aparatos explosivos e inflamables de carácter terrorista; y estragos en tentativa de carácter terrorista en concurso con 29 delitos de lesiones por imprudencia grave.

Además, la resolución, de 1.018 páginas, les impone la inhabilitación absoluta y especial, así como la prohibición de acercase a Alcanar durante 10 años una vez cumplidas las penas privativas de libertad. La Sala indica que el cumplimiento efectivo de las penas para estos dos acusados no excederá de 20 años.

La Audiencia condena al tercero de los acusados, Said B.I., a 8 años de cárcel por el delito de colaboración con organización terrorista y le impone, además, la inhabilitación absoluta y especial, así como y la prohibición de acercarse a Alcanar durante cinco años desde que cumpla la pena de prisión.

En su fallo, la a Sala de lo Penal acuerda absolver a Mohamed H. y Driss O. de 14 delitos de homicidio en tentativa de carácter terrorista, así como de 34 delitos de lesiones de carácter terrorista y de cinco de lesiones por imprudencia por los que también habían sido acusados.

El tribunal absuelve igualmente a Said B.I. de los delitos de pertenencia a organización terrorista; tenencia depósito y fabricación de explosivos de carácter terrorista y de conspiración para cometer estragos terroristas por los que también había sido acusado en el juicio celebrado en la Audiencia Nacional.

La Fiscalía solicitaba penas 41 y 36 años de prisión para Mohamed H. y Driss O., respectivamente, por delitos de integración en organización terrorista, fabricación, tenencia y depósito de sustancia explosivas y por conspiración para el delito de estragos, mientras que para el tercer acusado solicitaba una condena a 8 años de cárcel por colaboración con la célula yihadista.

La sentencia se puede recurrir ante la Sala de Apelaciones de la Audiencia Nacional.




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