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Contexto

El Euríbor es un índice de referencia utilizado para calcular los intereses de las hipotecas variables en nuestro país.

A lo largo de los años, el Euríbor ha experimentado una evolución significativa, afectando directamente a los pagos mensuales de los consumidores y a la carga financiera de las hipotecas.

A partir de 2015, el Euríbor a 12 meses comenzó a mostrar una tendencia a la baja y en febrero de 2016 alcanzó valores negativos por primera vez en su historia, manteniéndose en valores negativos hasta marzo de 2022, debido a las políticas monetarias expansivas del Banco Central Europeo y a la baja inflación en la eurozona.

Entonces, si el interés de mi préstamo ha sido negativo, ¿se lo puedo reclamar a mi banco?

La respuesta es muy clara: se puede y se debe reclamar al banco para que te devuelvan los intereses que has pagado de más y recalculen las cuotas de tu hipoteca ya que, como consecuencia de una correcta aplicación de lo pactado en tu préstamo hipotecario, el capital que tienes pendiente se verá considerablemente reducido también.

¿Qué dicen los bancos?

Aunque las entidades bancarias en su mayoría niegan cualquier reclamación que se haga sobre esta cuestión porque entienden que el interés es la contraprestación que obtienen a cambio de prestar dinero al consumidor, lo cierto es que sí que se puede reclamar si se cumplen ciertos requisitos que veremos a continuación.

¿Qué requisitos tengo que cumplir para reclamar a mi banco la aplicación de intereses negativos?

Se pueden reclamar los intereses negativos de todos los préstamos suscritos antes del 16 de junio de 2019 que fue cuando entró en vigor la Ley 5/2019, de 15 de marzo, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario, siempre que el préstamo no fuera modificado después del 16 de junio de 2019.

Igualmente, también se pueden reclamar aquellos intereses negativos pactados en contratos de modificación del préstamo (novación o subrogación) celebrados con anterioridad al 16 de junio de 2019.

¿Qué argumentos tenemos para defender esta cuestión?

Como digo, los bancos sostienen que la esencia del contrato de préstamo es que el prestamista recibe una remuneración por el dinero que presta.

Sin embargo, debemos recordar que el contrato de préstamo es naturalmente gratuito, tal y como viene establecido en nuestro ordenamiento jurídico (artículos 1.755 del Código Civil y 314 del Código de Comercio) y, por ende, se debe estar a lo pactado por las partes en el contrato.

En consecuencia, si en el contrato de préstamo se pactó, por ejemplo, EURIBOR menos un diferencial de 0´25 puntos, se deberá aplicar ese tipo de interés que fue el pactado entre las partes.

¿Cómo puedo saber si con mi préstamo puedo reclamar intereses negativos?

Contacta con García Cámara Abogados, y lo gestionaremos sin que tengas que preocuparte de nada. Haremos un estudio de viabilidad totalmente gratuito para informarte sobre tu caso particular.

Espero haber resuelto tus incógnitas sobre esta cuestión. No obstante, no dudes en contactar con García Cámara Abogados si quieres más información. Estaremos encantados de ayudarte.

 




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