La sección sexta de la Audiencia Provincial de A Coruña ha condenado a 118 años de cárcel, de los cuales, tal y como establece la legislación vigente, el cumplimiento máximo efectivo será de veinte años, a un residente en el partido judicial de Padrón que elaboró diverso material pornográfico en el que intervenían menores. En concreto, ha sido condenado como autor de un delito de difusión de pornografía infantil; doce delitos de elaboración de pornografía infantil; nueve delitos de abusos sexuales; y un delito de agresión sexual. Además de las penas de prisión, el tribunal le impuso diez años de libertad vigilada y todos los delitos llevan consigo la pena de inhabilitación especial para cualquier oficio o profesión que conlleve contacto regular y directo con menores de edad por un tiempo superior en cuatro años al de la pena de privación de libertad impuesta para cada delito.
Para elaborar el material pornográfico, según consta en la sentencia, contactó previamente con las víctimas a través de Omegle, Facebook y Skype, bien directamente, o en otras ocasiones, haciéndose pasar por una menor. “Valiéndose de este engaño, o actuando con su propio perfil, el procesado obtuvo la confianza de los menores y los instó a que mantuviesen comportamientos de naturaleza sexual delante de la cámara web del ordenador”, indican los magistrados, quienes aseguran que los menores, en algunas ocasiones, accedieron a esas solicitudes “ante el temor de que el acusado revelase a sus progenitores las actitudes mantenidas”. El condenado, además, aprovechó las videollamadas que mantenía con los menores “para grabarlos mientras realizaban prácticas sexuales, sin que estos fuesen conocedores de tal circunstancia”. El investigado, además, entre enero de 2013 y abril de 2016, utilizando diferentes tipos de material informático y de almacenamiento digital que tenía en su domicilio y valiéndose de diversas aplicaciones informáticas almacenó en su ordenador más de 850 horas de vídeo que contenían imágenes y grabaciones en las que menores de edad tenían comportamientos de carácter sexual.
El tribunal destaca que el procesado, “a sabiendas de que atentaba contra la indemnidad sexual de los menores”, compartió y facilitó a terceros, al menos, 3.500 archivos de este material, en el que se veía a menores de 16 años siendo víctimas de violencia sexual. “En las referidas imágenes aparecían menores maniatados con cuerdas y correas, amordazados, siendo en ocasiones incluso penetrados oral, anal y vaginalmente y siendo objeto de prácticas zoofílicas, llegando con tales conductas a poner en peligro su integridad física”, describen los magistrados.
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