El Juzgado de lo Social número 3 de A Coruña estima la demanda interpuesta por parte de NCG BANCO (en la actualidad ABANCA), con la intervención del FROB, contra el alto directivo Francisco Javier G.D.P.M. y su esposa. La jueza declara la nulidad del contrato firmado en diciembre de 2010 por el demandado y le obliga restituir la prejubilación “blindaje” percibida, condenándolo a reintegrar a NCG BANCO la cantidad de 5.580.000 euros.
En la sentencia se afirma que se sustituyeron “dos hojas del contrato de 30 de diciembre de 2010 y no se informa de ese cambio a la Comisión de Retribuciones y Nombramientos ni al Consejo de Administración”. Para la jueza “la falsedad de la causa del contrato, el dolo y el error en el que incurren la Comisión de Retribuciones y Nombramientos y el Consejo de Administración, que confían en que el contrato de Francisco Javier G.D.P. está firmado desde el 30 de diciembre de 2010, son absolutamente palmarias”.
Concluye la resolución que “el contrato de Alta Dirección nace ya viciado, por cuanto que el Consejo de Administración de la entidad prestó su consentimiento a la suscripción del mismo sin tener un pleno y cabal conocimiento de su contenido, y aun de sus consecuencias, toda vez que los gestores, incumpliendo las obligaciones normativas impuestas, no les proporcionaron una información clara, comprensiva y completa sobre su naturaleza y sobre sus características”.
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