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Juicios en tiempo récord: Almería tiene la Justicia más rápida de Andalucía. Almería es líder en aplicar el Servicio de Mediación Penal con 240 casos resueltos. Almería ha emergido como el referente nacional en mediación penal, destacando por su capacidad para resolver conflictos de manera rápida, eficaz y sin la necesidad de saturar los juzgados. Con un impresionante 86,79% de casos resueltos, la provincia no solo lidera la aplicación del Servicio de Mediación Penal de Andalucía (SEMPA) en la comunidad, sino que también marca el camino hacia una justicia más ágil y restaurativa.

Esto es un extracto de una noticia de enero de 2025 aunque pareciera que estamos en el año 2006. Cuando comencé en justicia restaurativa hace 20 años lo único que se conocía era la mediación. Éramos tan pocas personas las que hablábamos de justicia restaurativa que llegaron incluso a decirme que esta justicia no existía. Poco a poco conseguimos en 2007 comenzar un servicio de justicia restaurativa, al que primeramente llamamos de mediación penal. Lo llamamos mediación penal no porque fueran conceptos equivalentes a justicia restaurativa sino porque era la única herramienta que por aquel entonces se conocía en España. Desgraciadamente esto hizo que se comenzara a hablar de mediación y justicia restaurativa   como conceptos equivalentes y se relacionó desde estos momentos con agilización de juzgados, mecanismos alternativos y para delitos menores.

Pero esta idea parecía que ya  estaba superada tras 20 años, y  sin embargo, estamos involucionando con la justicia restaurativa y es preocupante porque limitamos su uso y sobre todo “pervertimos” sus objetivos que a diferencia de un mecanismo alternativo de solución de conflictos no es agilizar los juzgados ni hacer juicios rápidos.

LA JUSTICIA RESTAURATIVA: ORIGEN  Y EVOLUCIÓN

Actualmente y aunque pareciera que la justicia restaurativa es la palabra de moda, presenciamos acontecimientos que se supone que estaban superados y un claro ejemplo es la noticia de Andalucía. No se si será el periodista que no sabe transmitir qué es la justicia restaurativa o es directamente imputable a los políticos de esta comunidad pero desde luego  es un claro ejemplo de lo que no es o al menos no debiera ser la justicia restaurativa. Ya hace 20 años que decía la importancia del apoyo social a esta justicia y para esto era y es necesario que la prensa pueda transmitir al ciudadano lo que implica la justicia restaurativa y sobre todo los beneficios. Desde luego entre los muchos  beneficios que tiene,  no son evitar el juicio o resolver los delitos más rápido. Es cierto que si se utiliza la justicia restaurativa para un delito leve,  lo lógico es que utilizando el principio de oportunidad se evite el juicio puesto que las personas ya han quedado satisfechas y el daño tiene escasa relevancia penal. Pero también es cierto que no es lo mismo un delito leve calificado como tal en el código penal que cómo impacta el delito en las personas. He conocido personas altamente afectadas por delitos calificados como muy leves por la justicia tradicional y las victimas han requerido tiempo para valorar lo que necesitan y cómo quieren ser reparadas. Por eso, asociar  delito leve -evita el juicio y agiliza el juzgado depende mucho del caso y de las personas afectadas.

No es lo mismo la justicia tradicional que la restaurativa, en la tradicional se gestiona el aspecto legal, pero en la restaurativa el emocional, y esto puede conllevar tiempo. Pensar que la justicia restaurativa es una solución mágica y que por arte de esta magia las personas rápidamente llegan a acuerdos es no haber visto ni un solo proceso restaurativo. Y sobre todo implica que lo confunden con mediación.  Es más en delitos leves es común que lleve más tiempo el proceso restaurativo porque no hay un rol definido de víctima y de persona ofensora, y por tanto, es más complicado delimitar la responsabilidad y atender las necesidades de reparación de las personas afectadas.

Pero aun partiendo de la premisa  de que en delitos leves evita el juicio, insisto que  no es algo mágico y que se necesita tiempo. Es común que el legislador ponga plazos, generalmente 3 meses, pues siento decirlo no siempre es suficiente y por supuesto en delitos graves es imposible. Por eso la justicia restaurativa evitaría un posible juicio en delitos muy leves, pero sería un complemento en delitos más graves. Se puede hacer justicia restaurativa antes del juicio, durante, después y estando la persona ya sentenciada. De hecho, se pueden hacer procesos restaurativos paralelos al proceso penal tradicional, porque la justicia actual no da voz a las víctimas (a pesar de las muchas reformas) y en la justicia restaurativa son las protagonistas. Por tanto, la gestión del proceso penal puede ir paralelo a la gestión de las necesidades de las víctimas que no siempre son que la persona sea castigada, al menos no es la única necesidad. Las víctimas cuando sufren un daño necesitan seguridad, información, reparación (que muchas veces es más emocional y psicológica que material) , sentirse respetadas etc. Y esto es de lo que se trata en un proceso restaurativo, por tanto pensar que es mágica es ignorar que trabajar con sentimientos y traumas implica tiempo y no presión. Y por supuesto aunque el acuerdo es perfecto para medir estadísticas y que los políticos lo vendan como bueno. Lo realmente importante de la justicia restaurativa son los espacios  donde las personas pueden sentirse seguras para contar su historia, necesidades y como ayudarlas a sanar.  Y si pensamos en la persona ofensora quién piense que es algo sencillo que se responsabilicen sin peros ni justificaciones,  es que no se comprende nada sobre las relaciones y la vergüenza. La labor del facilitador es acompañar a las personas para que reflexionen sobre lo realizado y asuman el daño. Esto no es sencillo en delitos graves pero tampoco en delitos más leves porque en general todos los implicados se sienten víctimas y no victimarios.

Por tanto, ahora que ya se había eliminado los estereotipos de que la justicia restaurativa es mediación y que aplica a delitos leves para llegar a acuerdos rápidos no es de recibo que se vuelvan a conceptos erróneos ya superados. Pero tampoco es correcto que se hable solo de mediación penal (supongo que se hace porque se piensa en mediación como equivalente a justicia restaurativa) Existen más metodologías para aplicar la justicia restaurativa en la práctica, y la mediación penal es una reunión víctima-ofensor y como tal, no tiene nada que ver con la mediación en otros ámbitos. Además de la mediación penal otras metodologías son las conferencias o reuniones restaurativas y los círculos. Y por lo pronto se pueden realizar otras intervenciones restaurativas menos conocidas que por ejemplo no impliquen encuentro conjunto. Por tanto, hablar de mediación penal es limitar la justicia restaurativa a una sola metodología que ni siquiera es la más restaurativa porque deja fuera a la comunidad. Entiendo que al ser algo normal confundir mediación y justicia restaurativa ( ya que hasta el Estatuto de la víctima lo hace) , las personas pueden equivocarse, pero desde luego esto es una vuelta atrás de todo lo que habíamos avanzado.

Es indignante que lo vendan así porque esto afecta a las personas que llevamos tantos años luchando por visibilizar de forma correcta la justicia restaurativa. Por supuesto, nos perjudica porque quita credibilidad a los demás facilitadores.

Además pensaba que había quedado claro que si la justicia restaurativa es buena para víctimas de delitos leves, con más razón puede ser sanadora para las personas que hayan sufrido un delito de más gravedad. Pero claro si se piensa que el único beneficio es agilizar los juzgados, es normal que ni se les pase por la cabeza que puede ser un proceso sanador para cualquier víctima con independencia de delito sufrido. Efectivamente la justicia restaurativa surgió para superar el olvido de la víctima y devolverla algo de voz en un hecho que les afecta tan directamente como el daño sufrido tras el delito. Y no puedo imaginar algo más revictimizante que decir a una víctima no puedes acceder a un servicio de justicia restaurativa porque has sufrido un delito grave. La justicia restaurativa debe ser un derecho universal para todas las víctimas con independencia del delito sufrido, serán luego los facilitadores debidamente formados los que puedan valorar la conveniencia o no de realizar el proceso. Pero claro, ahí surge otro problema, si se piensa que por tener formación en mediación (como también dice la noticia) les habilita para ser facilitadores tenemos un gran problema porque no es así, y no podemos estar seguros de que realicen su trabajo con diligencia. Sería hora de que las personas se enteren que sufrir un daño no es tener un conflicto (aunque el daño se haya generado por un conflicto previo) y que esto te puede generar trauma y trabajar con personas afectadas por estos traumas y daños no es igual que trabajar con personas que tienen un conflicto (al que han contribuido ambas partes en mayor o menor medida). Por eso, la justicia restaurativa se utiliza para equilibrar la situación que genera el delito y en mediación si hay desequilibrio no se puede hacer o se debe intentar equilibrar la situación. En mediación hay co responsabilidad y no puede existir desequilibrio, y en justicia restaurativa (por mucho que se utilice la mediación penal como metodología) hay una persona que sufrió un daño y otra lo causó hay desequilibrio de base que se va a gestionar para eliminarlo.

Por supuesto, que las reformas legislativas al parecer realizadas por teóricos expertos que no han visto un proceso restaurativo en su vida no ayudan nada.  Para hacer una ley de protección animal debería contarse con veterinarios, para hacer una reforma de justicia restaurativa debería tenerse en cuenta los que trabajan en la práctica y así en general con cualquier ley …porque la teoría difiere de la realidad, de hecho hay multitud de libros y artículos sobre justicia restaurativa que la confunden con mecanismos alternativos, que la igualan a mediación etc. y esto no significa que estén en lo cierto, al contrario, esto solo implica que han oído “campanas” y no saben dónde, o hablando claro, no conocen un proceso restaurativo más allá de lo que ha leído de otros teóricos que tampoco los conocen. Es así como se perpetúan las ideas erróneas y las leyes malas e ineficaces. Es agotador luchar contra estos anacronismos sobre justicia restaurativa propios de hace 20años.

¿Y AHORA QUÉ? : CONCLUSIONES

Por supuesto, no todo es malo somos muchas personas, los “artesanos de la justicia restaurativa” que seguimos trabajando en la práctica. Y esto nos lleva a la formación continua y de calidad ofrecida por buenos profesores (por supuesto no por mediadores). Pero desgraciadamente lo que llega a la prensa no son las buenas prácticas y esto perjudica la imagen de la justicia restaurativa y sobre todo nos perjudica a los que si estamos comprometidos con una verdadera justicia restaurativa de calidad.  

Estamos en un momento complicado puesto que se nos está yendo de las manos lo que es restaurativo y no. Por un lado tenemos noticias como la que he mencionado que muestra una clara involución en como se usa la justicia restaurativa y sus beneficios . Pero por otro lado, se está haciendo la palabra restaurativa como el comodín de todo lo que pueda ser útil, no puede ser que se diga por ejemplo un taller restaurativo de creación de títeres ( y esto esté avalado por Instituciones del estado) Ayudar a los privados de libertad a que desarrollen creatividad, y otros sentimientos buenos  y útiles para cuando salgan de prisión puedan volver a la sociedad es bueno, pero no es restaurativa. Hemos llegado a esto,  a reírnos de los que hacemos justicia restaurativa, los que estamos implicados en la formación, en cómo facilitar estos procesos de la manera más eficaz en definitiva , se están riendo de todos los artesanos que nos tomamos la justicia restaurativa como lo que es,  algo serio. Este ejemplo de los títeres no es una ficción es una realidad como muchas otras que actualmente se denominan restaurativas.  Y eso que hay que dejar claro que todos los buenos programas de justicia restaurativa (no cursos o talleres) deberían contar también con actividades complementarias y no restaurativas que puedan favorecer la actitud reflexiva, cooperativa de las personas, pero no, no es restaurativo y es escandaloso que se llame restaurativo.

Por eso nos movemos entre la involución y  el uso innecesario de la palabra restaurativa, para que no se nos vaya de las manos, debemos comenzar a pensar que si de algo no se sabe lo mejor es no hablar de ello. No tenemos que ser expertos en todo, (aunque algunas personas parece que si lo son).




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