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Una de las disfunciones más habituales con las que nos encontramos en la práctica de nuestra profesión, es la que me ha dado por llamar “automatismos”. Consisten en asociar determinadas ideas para extraer una conclusión que deviene sistemática e inamovible. Esta disfunción provoca, en no pocas ocasiones, que se prejuzgue, dando por sentadas verdades que solo lo son a medias o que no responden al caso concreto. Por ejemplo: El despido de una trabajadora embarazada es nulo. La cosa es que a veces si y a veces no, pero lo cierto es que cuando un cliente nos dice que quiere despedir a una trabajadora embarazada, lo primero que hacemos todos es intentar disuadirle. No se el resto del mundo, pero a pesar de lo anterior yo tengo en mi haber algunos despidos de trabajadoras embarazadas, pocos, ciertamente, que se han declarado procedentes.

Ocurre algo parecido con los informes de la Inspección de Trabajo. Lo que dice el informe va directamente a misa. Sin paliativo ni ulterior consideración. Es lo cierto también que hay buenos informes y auténticas chapuzas. Pero parece que da igual: Lo dice la Inspección y esto es ya dogma de fe sin otra consideración.

A lo largo de mi vida profesional me he hecho hartones de denunciar deficiencias en los informes de la Inspección por resultar éstos inconsistentes, disparatados y hasta alguno por contener elementos que nos podrían llevar directamente a la jurisdicción penal. Y las más de las veces, no ha servido de nada. Las sentencias que se han dictado, han aplicado sistemáticamente el automatismo sin otra opción. Y las más de las veces, no hay consciencia de la mala praxis. Es así porque así ha sido siempre.

Esta semana, no obstante, me he llevado una grata sorpresa. Por primera vez en muchísimo tiempo, un Juez me ha dado la razón tachando el informe de la Inspección de totalmente inconsistente. Y para ello, no me ha hecho falta aportar siquiera ninguna prueba: Me ha bastado hacerle ver al Juez que el informe era una auténtica chapuza y que era suficiente con leer el informe para darse cuenta.

¿Diferencia de este caso con otros precedentes en sentido contrario?: Que el Juez que ha dictado la sentencia es nuevo en nuestra jurisdicción y aún no está “contaminado” por el automatismo en cuestión. Veremos lo que dura, pero yo me voy ahora mismo a celebrarlo como si hubiese conseguido uno de los mayores logros de mi vida profesional.




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