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El Juzgado de lo Social Nº 3 de Tarragona ha concedido una Incapacidad laboral para su profesión habitual a una peluquera canina con intenso dolor en ambos hombros, así como una lumbalgia crónica y frecuentes migrañas. Para su señoría, queda acreditado que las patologías manifiestas son cronificadas e incompatibles con su oficio, ya que éste requiere estar mucho tiempo de pie, además de un continuo movimiento de hombros y brazos y una especial destreza para manejar a los animales con suavidad, pero con firmeza.

A sus 39 años, esta tarraconense padece omalgia en ambos hombros, de la que es intervenida en abril de 2017. Además, tiene 2 discopatías, una a nivel C5-C6 y otra en D12-L1 con una protusión discal que le provoca lumbalgias continuadas, así como frecuentes migrañas de las que está siendo controlada por neurólogo.

El 23 de octubre de 2017 el Instituto Nacional de Seguridad Social, INSS, le deniega la solicitud de incapacidad. ¿Los motivos? Según el informe del ICAM (actual SGAM), de 28/09/2017,"las patologías que padece no se pueden objetivar como definitivas, debiendo continuar en tratamiento médico y ver su evolución en febrero de 2018".

Representada por el centro médico y jurídico Tribunal Médico, la paciente interpone entonces reclamación previa y posterior demanda judicial. Asimismo, y ante la imposibilidad de continuar trabajando con normalidad, el 20 de agosto de 2018 cesa de trabajar, pasando a cobrar las prestaciones por desempleo (situación ésta que el INSS ha querido utilizado en sus alegaciones en el acto del juicio para denegar la Incapacidad Laboral y que el juez ha rechazado).

Ahora, y teniendo en cuenta los informes de la pericial médica aportada por la defensa, su señoría ha estimado la demanda, remarcando que las limitaciones de la omalgia, sumadas a la patología de columna, impiden a la demandante ejercer su profesión de forma eficaz. Además, pone de manifiesto, que, si bien la resolución inicial del INSS abogaba por hacer un seguimiento de la evolución de las patologías, "en este período la demandante no ha sido examinada por ICAM, ni el INSS se ha pronunciado al respecto".  Por todo ello concede la Incapacidad Permanente Total, con derecho a percibir una pensión vitalicia de casi 600€ (esto es el 55% de su base reguladora de 1,140,06€), con efectos desde el  22 de septiembre de 2017.




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