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La DANA que ha azotado a Valencia, Albacete, Castellón y Ciudad Real, así como a sus alrededores no solo ha dejado un elevado número de fallecimientos y un rastro de devastación en infraestructuras y hogares, sino también en el tejido empresarial de la región, compuesto en su mayoría por pequeñas y medianas empresas, así como autónomos.

Ante tragedias de esta magnitud, los Graduados Sociales, como asesores expertos en legislación laboral, son los primeros en actuar con estas empresas, que a menudo no disponen de los recursos ni del conocimiento necesario para sortear las complejas gestiones administrativas para solicitar las ayudas por emergencia, debido a que las primeras horas son esenciales para activar ayudas directas, tramitar ERTEs y gestionar subsidios de desempleo, entre otros temas.

El Consejo General de Graduados Sociales, bajo la dirección de su presidente, D. Joaquín Merchán Bermejo, y en estrecha colaboración con el presidente del Colegio de Valencia, D. Vicente Vercher, ha estado trabajando desde el inicio de esta tragedia, manteniendo un contacto directo con el Director General de la Tesorería de la Seguridad Social, D. Andrés Harto, y con el Secretario de Estado de Empleo, D. Joaquín Pérez Rey. Asimismo, ya se han entablado conversaciones con la Directora General de Trabajo, la Directora General de la Inspección de Trabajo y el Director General del Sepe, en la que también estuvieron telemáticamente los presidentes de los Colegios de Valencia, Albacete y Ciudad Real, donde presentaron un informe con diez puntos de peticiones*, que será estudiado por el Ministerio de Trabajo y Economía Social.

En lo que respecta a los ERTEs y ERES por fuerza mayor que se lleven a cabo, los graduados sociales asesorarán y facilitarán que los trámites se realicen de forma rápida y eficiente, con el objetivo de minimizar el impacto laboral. En estos momentos de crisis, estos profesionales actúan también como mediadores, explicando las implicaciones de los ERTEs y EREs, garantizando que se respeten los derechos laborales de los trabajadores.

Otro aspecto esencial es la solicitud de ayudas específicas que, en situaciones de emergencia, ponen a disposición las administraciones, como son las prestaciones y ayudas directas. Para ello, asesoran a las empresas sobre los recursos disponibles y se encargan de la documentación y justificación que suelen requerirse. Con respecto a los autónomos, unos de los más vulnerables ante los desastres naturales, la labor que realizan los graduados sociales se convierte en fundamental al orientarles sobre las ayudas a las que pueden acceder y cómo regularizar su situación para recibir asistencia o prestaciones específicas por cese de actividad.

A continuación, se detallan los 10 puntos de peticiones que ha presentado el Consejo General de Graduados Sociales de España, que emanan del colegio de Valencia y su presidente, D. Vicente Vercher.

1. Exención de informe previo, preceptivo e individual de la Inspección de Trabajo en cada expediente de regulación de empleo por fuerza mayor en la DANA de Valencia de los arts. 47.5 ET y 33 del RD. RD 1483/2012.

Control de la autoridad laboral por ubicación en las zonas afectadas de los centros de trabajo. Inclusión de empresas que no tengan sus centros afectados, pero sí los de sus clientes o proveedores principales.

Inclusión de aquellos trabajadores que no tienen los centros de trabajo afectados, pero sí sus domicilios o comunicaciones con sus centros de trabajo, o bien medidas que permitan un permiso para el trabajador recuperable para la empresa. 

2. Concesión de prestaciones por desempleo en los ERTES de la DANA de Valencia:

-Sometidas al régimen de prestaciones contributivas por desempleo.

-Sin exigencia de requisitos de carencia a los trabajadores.

-Que no consuman posibles prestaciones posteriores de los trabajadores.

-Cotización diaria a cargo del SPEE de cuota obrera y patronal. 

3. Consideración de accidente de trabajo “in itinere” de todos aquellos que fallecieron o resultaron heridos cuando acudían o salían de su centro de trabajo, aunque el trayecto no fuera del centro a su domicilio, en trayecto alterado a causa de dificultades en las vías de comunicación generadas por la DANA en los días 29 a 31 de octubre de 2024.

4. Tramitación ágil que evite la saturación de los despachos profesionales y demás RED de las empresas, en especial evitando el trámite en la aplicación ordinaria de ERTES que obliga a diferenciar trabajadores por categorías, sexos, mediante cumplimentación de datos personales de forma individual por trabajador en aplicación a la que no pueden cargarse informáticamente los daros que ya tienen mecanizados los usuarios de las autorizaciones de las empresas. (Referencia hojas de cálculo utilizadas en el periodo COVID en el formato que defina la administración para ser cargada de forma eficiente en sus sistemas, y mediante presentación a la autoridad laboral que se traslade a la Tesorería y SEPE sin necesidad de repetir el trámite por los solicitantes

Procedimiento informado para los sistemas de comunicación de situaciones de trabajadores mediante hojas Excel que resultaron complejas y confusas en el periodo COVID, en el que había cientos de combinaciones en cada liquidación mensual.

Especialmente en los casos de afectación parcial o discontinua de la plantilla por el ERTE, eliminación de la comunicación ordinaria de periodos de actividad de cada trabajador del mes anterior por el usuario RED hasta el día 10 del mes siguiente para su pago el día 10 del mes siguiente que retrasa el cobro de haberes básicos a los trabajadores, analogía con el trámite directo para cobro de la prestación por desempleo el día 10 del mes siguiente al del devengo por el trabajador.

Posibilidad de que los trabajadores que no puedan acudir a su centro de trabajo en empresas que no tengan tramitado un ERTE puedan tramitar las prestaciones por desempleo en sus respectivas oficinas del SPEE como en una situación legal de desempleo ordinaria en los 15 días hábiles siguientes Página 7 de 7 a la misma, con cauce de comunicación mediante ficheros CIE que permita a la empresa la conciliación mensual de sus seguros sociales.

5. No exigencia de mantenimiento de empleo que genera inseguridad y dificultades graves posteriores difíciles de prever al tiempo del trámite para la empresa y empleo residual en la misma. 

6. Posibilidad de conversión de expedientes de ERTE a ERE, de suspensión a extinción y prórrogas sin necesidad de formular nueva tramitación. 

7. Autorización para que los trabajadores incluidos en los ERTES puedan colaborar de forma voluntaria en las tareas inmediatas de limpieza y puesta en marcha de los centros de trabajo. 

8. Mecanismo de acceso a los ceses de actividad de los trabajadores autónomos por fuerza mayor no provisional como en el periodo COVID, revisable por la Inspección de Trabajo, con cauces de acceso informático al trámite en las Mutuas por los usuarios RED o los propios trabajadores autónomos. Mecanización automática en tesorería del periodo de cotización a cargo del Estado. 

9. Aplazamientos AEAT y Tesorería sin garantías por aval o hipoteca, acreditando la ubicación de la empresa o centro de trabajo en la zona afectada por la DANA, eliminando el carácter “discrecional” del art. 31 del RD 1415/2004, que establece al respecto: “cuando la situación económico-financiera y demás circunstancias concurrentes, discrecionalmente apreciadas por el órgano competente para resolver.” 

10. Préstamos y ayudas directas a las empresas afectadas que favorezcan su reconstrucción, mantenimiento de la actividad económica e industrial, y mantenimiento del empleo en las zonas afectadas, muchas de ellas con sus centros de trabajo arrasados por la DANA.

 

 




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