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Valoración del socio-director de Navas & Cusí, Juan Ignacio Navas, ante la propuesta del Abogado General de que Luxemburgo sancione a España con 105.991,60€/día el retraso de 3 años en la trasposición de la directiva hipotecaria

 

Desde que el 21 de marzo de 2016 culminara el plazo de trasposición de la directiva hipotecaria advertimos de la contingencia que asumía el gobierno de España.

Lo advertimos a la opinión pública en abril de 2016 y al ministerio de Economía cuando presentó a consultas su proyecto de ley de “trasposición parcial” de la directiva hipotecaria.

Además, presentamos queja ante la Comisión Europea por entender que los ciudadanos españoles estaban más desprotegidos que el resto de ciudadanos europeos.

Increíblemente la respuesta de los distintos gobiernos de España fue ninguna. Tampoco informaron adecuadamente a la Comisión Europea de los tramites de trasposición, en un claro ejercicio de deslealtad institucional.

Como ya hemos advertido desde Navas & Cusí en varias ocasiones, el ciudadano español no tiene por qué ser responsable de la trasposición tardía de la directiva hipotecaria. El Tribunal de Justicia de la UE tiene asentada la doctrina de la primacía del derecho europeo.

La llamada doctrina Francovich permite exigir responsabilidades al Estado por la trasposición tardía o parcial del derecho europeo. Y eso es lo que haremos. Exigiremos responsabilidades por todos aquellos que han sufrido un desahucio al amparo de una legislación de vencimiento anticipado que no responde a la exigencia de proporcionalidad señalada en la directiva hipotecaria.

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