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  • La Sala de lo Social considera que la decisión es ajustada a derecho al concurrir causas económicas, productivas y organizativas suficientes

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha declarado ajustada a derecho la decisión de la empresa KYB Steering Spain (KSS) consistente en extinguir los contratos de trabajo de 71 de sus trabajadores por causas objetivas.

En enero de 2018, KSS comunicó al comité de empresa su intención de iniciar un procedimiento de despido colectivo como consecuencia de la concurrencia de causas económicas, productivas y organizativas. Tras concluir sin acuerdo el periodo de consultas desarrollado entre la empresa y los representantes de los trabajadores, la empresa KSS adoptó la decisión de extinguir 71 contratos de trabajo de los 101 inicialmente previstos.

La demanda interpuesta por UGT-FICA Navarra contra esa decisión empresarial ha sido rechazada por la Sala de lo Social del TSJN al no haber quedado acreditado en el juicio que entre KSS y las empresas codemandadas —KYBSE, KAMS y KYB Europe GMBH— pueda apreciarse la existencia de un grupo empresarial a efectos laborales.

En este sentido, el Tribunal Superior de Navarra estima que la decisión de cese es ajustada a derecho al concurrir en KSS causas económicas, productivas y organizativas suficientes.

En la sentencia, la Sala de lo Social rechaza que el periodo de consultas no se llevara a cabo conforme a los postulados de la buena fe que deben regir en la negociación, y entiende que han quedado acreditadas, a través de las pruebas documentales y periciales practicadas en el juicio, las causas de extinción en las que se sustentó la decisión empresarial, derivadas de la disminución de la fabricación y venta de bombas hidráulicas a las que se dedica la empresa radicada en Orkoien.




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