Avancé en un post anterior el honor y responsabilidad que suponía, para ADCE claro, pero para mí personalmente, participar en el 16th IACP Forum en Washington. Nuestra ponencia tenía por objeto presentar la experiencia que estamos desarrollando desde España, desde la Asociación de Derecho Colaborativo de Euskadi, para la implantación del Derecho Colaborativo.
Somos la comunidad más joven del Derecho Colaborativo en el mundo, con una experiencia limitada a un par de años..., estamos aprendiendo todo, con pasión y voracidad, pero antes de nada, estudiando y preparándonos. Entonces, ¿qué podemos compartir?
En el impulso del Derecho Colaborativo en España, desde Vitoria-Gasteiz, se ha dado un elemento singular y diferencial: buena parte de los miembros de la Asociación de Derecho Colaborativo de Euskadi estamos relacionados con el mundo empresarial, y aunque existe una nutrida representación de abogados de familia, no nos ceñimos al “divorcio colaborativo” (aunque, dicho sea de paso, “divorciocolaborativo.net” sea uno de los proyectos más relevantes surgido en este contexto).
Nuestra aproximación tiene de peculiar el “foco” en los conflictos empresariales, primero; y el acento en las fases preventivas, a continuación. Eso íbamos a contar a Washington, eso estaba generando curiosidad en la comunidad internacional, ese era el contenido del label de nuestro Seminario: “Business and CP: Prevent/Resolve Disputes (ADCE Experience)”.
Recuerdo a todos los “no habituales” que el Derecho Colaborativo (“Collaborative Practice”) es un específico y sofisticado mecanismo extrajudicial de resolución de conflictos (ADR) con origen en USA, y nacido a principios de los 90. Y recuerdo también que el exponencial desarrollo de esta “Collaborative Practice” se ha fraguado en torno a los divorcios, en todo el mundo.
No es extraño, ni por origen (es en los procesos de divorcio donde nace la “Collaborative Law”) ni por esencia. Porque la esencia del “proceso colaborativo” está en la evitación de los daños personales, propios y colaterales, y la ruptura de relaciones, abrupta, que suelen ir asociadas a divorcios litigiosos conflictivos. Cuando hay hijos de por medio, hay un claro interés conjunto a cuidar (el del menor) y una relación (como padres) que no se puede, por naturaleza, eliminar.
¡Por supuesto, si conoces a alguien que se va a divorciar, recomiéndale que conozca el “Derecho Colaborativo”: la deuda de gratitud será eterna!
En este contexto, nuestra aportación a la reflexión de la comunidad internacional (en el IACP Forum) sería muy limitada.
Pero en nuestro escenario, hispano, desde Euskadi, sí tenemos algo que presentar, un enfoque que compartir. Permítanme comenzar (seguiremos) destacando las dos notas “de impacto” (observado en directo) de nuestra presentación.
La primera nota impactante, para la comunidad reunida en el IACP Forum, radica en que nuestro contexto central es el del Derecho Colaborativo empresarial, y con un acento en la prevención.
Veámoslo “en gráfico”; sí, porque nuestra presentación contenía dos elementos audiovisuales que introducía Carmen Aja. Uno la presentación institucional que ha elaborado la ADCE sobre el Derecho Colaborativo Empresarial; puedo significar que si “aquí” nos ha parecido la más natural del mundo, en nuestro contexto, en la presentación en Washington fue una sensación: tan acostumbrados a materiales volcados en rupturas matrimoniales, el cambio de escenario causó impacto.
El segundo era un testimonio empresarial directo de un CEO de una empresa, relacionada con la comunicación y la promoción del coworking, que compartía “su” nueva filosofía de relaciones jurídicas con todos los sectores interesados y, significadamente, con los participantes en el espacio de coworking. La lógica subyacente y los principios inherentes al Derecho Colaborativo y al “proceso colaborativo” permean hasta el momento inicial del establecimiento de las relaciones jurídicas, hasta la redacción de los contratos. Y esa “estructura de valores”, luego, sigue, seguirá, la vida de la relación jurídica fijándose el “proceso colaborativo” y la resolución extrajudicial y respetuosa de cualquier conflicto por esta vía, como el cierre de bóveda de esa construcción.
La segunda nota impactante fue el respaldo institucional de los poderes públicos en Euskadi. No voto ni soy elegible en el País Vasco (todavía). Como observador externo me ha extrañado mucho menos que a los propios ciudadanos de Euskadi el impacto que ha tenido en el público internacional el respaldo institucional del Parlamento Vasco (moción unánime de respaldo en 2014) y el Gobierno Vasco. El apoyo de la Dirección General de Justicia del Gobierno Vasco también sorprende, más incluso porque no es solo “una mera declaración”.
Justo es decir que diversos Estados en USA y Canadá han modificado sus códigos de derecho de familia o sus códigos procesales, dando entrada al “Derecho Colaborativo” como referencia obligada entre los ADRs. Y el Ministerio de Justicia en Australia también explica y promueve en “Derecho Colaborativo” en los conflictos matrimoniales, por ej..
Pero en nuestra presentación, más allá de esto, había una mención concreta para el proyecto de innovación social y competitividad empresarial, asociada a una eficiente metodología de resolución extrajudicial de conflictos (el Derecho Colaborativo), en el que están trabajando Innobasque, el Gobierno Vasco y la Asociación de Derecho Colaborativo de Euskadi. ¡Exclamaciones! Ana Armesto presentó las líneas claves del proyecto en que se está trabajando, encuadrado en su propia visión sobre la necesaria implicación del gobierno corporativo en el cambio de la cultura de resolución de conflictos en las organizaciones empresariales. De nuevo, el “proceso colaborativo” es la clave de bóveda que da coherencia (según mi modelo conceptual) a este enfoque.
En conclusión, me atrevo a afirmar que los pasos que se están dando para la implantación del “Derecho Colaborativo” en Euskadi sí son innovadores, sí pueden convertirse en una referencia para la comunidad internacional: empresa, prevención, respaldo institucional.
Por mi parte, ¡es un honor y un auténtico lujo poder “formar parte”! De hecho, ya soy “vasco adoptivo” (además de “gallego ejerciente” e “irlandés militante”, entre otras muchas cosas...).