El juez de la Audiencia Nacional Manuel García Castellón ha finalizado la instrucción de la pieza 21 (proyecto Wine) del denominado caso Tándem y ha propuesto juzgar a los jefes de Seguridad de Repsol Rafael A.B. y de Caixabanak Miguel Ángel F.R., así como al comisario jubilado José Manuel V., a su socio Rafael R. y al policía Enrique G.C. por el encargo al excomisario para espiar al presidente de Sacyr Luis D.R. con el fin de evitar que este grupo se hiciera con mayor control en Repsol mediante un acuerdo con la petrolera mexicana Pemex. El juez acuerda también proceder contra el subdirector de Servicios de Apoyo de la Dirección de Seguridad Corporativa de Repsol, Rafael G.
En su auto, el magistrado atribuye a los dos jefes de Seguridad y a Girona un delito de cohecho activo, al excomisario y su socio, un delito de cohecho pasivo y descubrimiento y revelación de secretos, mientras que el juez atribuye este último delito a Enrique G.C. Del mismo modo, García Castellón acuerda el sobreseimiento para otros cuatro exdirectivos de Repsol y Caixa puesto que una vez practicadas todas las diligencias pertinentes concluye que no existen elementos suficientes para atribuirles la comisión de los delitos investigados.
En su auto, el instructor explica que en el año 2011 el Grupo Cenyt elaboró una serie de informes sobre Luis D.R., su mujer, el jefe de Seguridad de Sacyr y el antiguo director financiero de Repsol con los que la empresa del excomisario accedió a información, llamadas telefónicas realizadas por Luis D.R. y su entorno, lo que constituyen datos de carácter reservado a los que no se tiene acceso por fuentes abiertas ni registros públicos. El tráfico de llamadas y comunicaciones fue facilitado por Enrique G.C., entonces jefe de la Unidad Central Operativa.
El Grupo Cenyt recibió por este encargo abonos con cargo a las sociedades de Repsol y Caixabank por valor de 413.600 euros, de los que 218.900 corresponden a pagos de Repsol y 194.700 a Caixabank.
El magistrado destaca que cuando se llevaron a cabo estos hechos José Manuel V. era comisario del Cuerpo Nacional de Policía y que no existía ninguna investigación policial en curso que justificase la solicitud de los tráficos de datos relativas a las personas investigadas por el Grupo Cenyt.
Respecto a los dos directores de Seguridad, el juez explica que, a la vista de las diligencias practicadas, ambos disponían de un elevado grado de autonomía organizativa y contractual. En ese sentido, añade el juez, ambos investigados “disponían de amplios márgenes de contratación, de decisión y de orden de pagos en lo relativo al ámbito de la seguridad de las citadas mercantiles”.
A partir de ahora, las acusaciones personadas disponen de un plazo de diez días para solicitar la apertura de juicio oral formulando escrito de acusación o el sobreseimiento de la causa.
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