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  • La sentencia sostiene que la condición de empleado de banca no implica información sobre la naturaleza y efectos de la cláusula litigiosa, del mismo modo que la mera mención de la cláusula en la escritura no garantiza su transparencia.

Finalmente, un empleado de banca ha visto eliminada la cláusula suelo inserta en la escritura con fecha 5 de julio de 2005. Frente a la bajada del Euribor años después, y viendo que seguía pagando un 3,10% mensualmente, acudió a recibir asesoramiento especialista de la mano de Unive Abogados en 2016.

Tras las desestimaciones de los juzgados de primera instancia de Barcelona, así como la Audiencia Provincial del mismo territorio, con imposición de costas en ambas instancias, se interpuso recurso de casación fundado en dos motivos: la vulneración de la doctrina jurisprudencial del TS sobre el conocimiento previo de la cláusula suelo cuando la información de la misma no se ofreció con antelación suficiente, así como sobre la exigencia de transparencia, la cual no queda enervada por tenencia de conocimientos profesionales.

Así, la sala de lo civil del Tribunal Supremo, estima el recurso de casación, casando y anulando las sentencias. Sostiene que “la condición de empleado de banca no implica información sobre la naturaleza y efectos de la cláusula litigiosa, del mismo modo que la mera mención de la cláusula en la escritura no garantiza su transparencia”.

En consecuencia, se revocaron las sentencias de primera instancia y apelación, declarando la nulidad de la cláusula suelo inserta en la escritura de préstamo hipotecario de 5 de julio de 2005, con la condena a la restitución de las cantidades indebidamente abonadas en su virtud más intereses legales desde el cobro, es decir, aproximadamente 18.000€, imponiendo las costas de primera instancia a la entidad.

José Ángel Martínez, director jurídico de Unive Abogados, considera que “esta sentencia deja patente que los criterios de transparencia que debe cumplir la banca son muy estrictos y por tanto, no dar por hecho que el consumidor está realmente informado de las condiciones contractuales y consecuencias jurídicas y económicas”, por lo que recomienda “consultar siempre con expertos en la materia y analizar caso por caso velando por el interés del cliente”.




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