La juez del juzgado de Instrucción nº 2 de Alcañiz, encargada de la causa judicial abierta contra N.F., investigado como presunto autor de tres delitos de asesinato en la localidad de Albalate del Arzobispo (Teruel), ha dictado un auto denegando la práctica de varias diligencias solicitadas por las partes y acordando la continuación de procedimiento judicial como Tribunal del Jurado. Dichas pruebas fueron requeridas por las partes en la comparecencia celebrada en el juzgado el pasado 17 de septiembre.
La instructora argumenta su negativa a aceptar las diligencias basándose en el artículo 27.1 de Ley Orgánica del Tribunal del Jurado (LOTJ) según el cual en este momento de la instrucción “se practicarán solamente las diligencias que se consideren imprescindibles para decidir sobre la procedencia de la apertura del juicio oral” y en este sentido no considera que las diligencias solicitadas sean imprescindibles. Además entiende que no se ajustan a las finalidades previstas en el art. 27.1 del LOTJ, bien porque no son diligencias de instrucción o bien porque están pendientes de resolución por parte de la Audiencia provincial.
Por otra parte, la instructora ha dictado otro auto en el que acuerda mantener la situación de prisión provisional comunicada y sin fianza para N.F. Al mantenerse las circunstancias que se tuvieron en cuenta para acordar esta medida cautelas y “al no haber sido solicitada por ninguna de las partes su libertad”.
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