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  • Fue descubierto cuando compartía pornografía a través de su perfil de Twitter, red social que lo puso en conocimiento de una ONG estadounidense que, a su vez, presentó denuncia en España
  • La Audiencia de Cantabria le considera autor de un delito de abuso sexual continuado y de otros dos de corrupción de menores
  • No consta que los abusos cometidos sobre su sobrina, de tres años de edad, fueran distribuidos entre terceros
  • Ver sentencia

La Audiencia Provincial de Cantabria ha condenado a doce años y medio de prisión a un hombre que abusó sexualmente de su sobrina de tres años de edad aprovechando que la menor dormía en casa de sus abuelos, vivienda en la que el acusado residía.

En una sentencia notificada hoy, el tribunal también le condena por grabar los abusos cometidos sobre la menor y por estar en posesión de 3.755 archivos de pornografía infantil que guardaba en su teléfono móvil, hechos todos que fueron conocidos a raíz de una denuncia presentada por una ONG estadounidense alertada por Twitter de que el acusado compartía archivos pedófilos en su perfil.

La Audiencia le considera autor de un delito continuado de abusos sexuales sobre una menor de menos de dieciséis años y, además, le aplica el subtipo agravado puesto que la niña ni siquiera había cumplido los cuatro años de edad en el momento de los hechos.

También, le condena por un delito de corrupción de menores con aplicación del subtipo agravado de elaboración de pornografía infantil, y finalmente le considera autor de otro delito de corrupción de menores por distribuir pornografía infantil o poseerla con la finalidad de ser distribuida.

Además de la condena a prisión, la Audiencia de Cantabria le impone tres medidas de libertad vigilada que suman diecisiete años, le prohíbe comunicar o acercarse a su sobrina por un periodo de quince años y le inhabilita durante veinticinco para cualquier empleo que conlleve contacto con menores.

Pese a que el fiscal solicitó que se le impusiera una indemnización de 30.000 euros que debía pagar a los padres de la menor, la Audiencia atiende a la manifestación de éstos, que en el juicio renunciaron a la misma, y decide no fijar ninguna.

Twitter destapó el caso

Según el relato de hechos, entre agosto de 2013 y enero de 2017, fecha en la que fue detenido, el ahora condenado guardaba en su teléfono móvil 3.755 archivos digitales en los que “se venía a menores de muy corta edad desnudos y exhibiendo sus órganos genitales o manteniendo relaciones sexuales con penetración con personas adultas”.

Además, en agosto de 2015 el acusado aprovechando que se encontraba al cuidado de su sobrina de tres años y dormían en la misma habitación, “con ánimo de satisfacer sus deseos sexuales y menoscabar la indemnidad sexual de la niña”, abusó de ella. A la mañana siguiente se masturbó y eyaculó sobre la menor.

Estas acciones, durante las cuales la niña se encontraba dormida, fueron grabadas y fotografiadas en dos videos y cuarenta y seis fotografías, y no consta que estos archivos hayan sido compartidos con terceras personas.

Los hechos se conocieron a raíz de la comunicación que la red social Twitter realizó a la organización estadounidense Centro Nacional de Niños Explotados y Desaparecidos (NCMEC), entidad que presentó denuncia ante las autoridades españolas.

En aquella ocasión, marzo de 2016, el acusado se encontraba compartiendo a través de su perfil de Twitter catorce archivos que contenían cuarenta fotografías de niñas menores de edad desnudas, cuya identidad se desconoce.

No consta si llegó a compartir ese material, pero “la inclusión de las fotografías en esa aplicación pone de manifiesto que la tenencia del material pornográfico por parte del acusado tenía como fin su difusión a terceras personas”, razona el tribunal.

Esta sentencia no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación ante la Sala de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria.




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