El magistrado de Instrucción 3 de Teruel ha dictado sentencia firme condenando a Alberto E. A. a una pena de cuarenta jornadas de trabajos en beneficio de la comunidad como autor de un delito de violencia contra la mujer en su modalidad de lesiones de menor gravedad en el ámbito familiar. El instructor le ha impuesto también al hombre la prohibición de aproximarse a una distancia inferior de doscientos metros a su pareja y comunicarse con ella por cualquier medio por un periodo de 8 meses desde que se notifique la sentencia.
Considera probado el juez instructor que a las 01:20 horas del 18 de mayo de 2017, el encausado golpeó a su novia en el coche hasta sacarla a la fuerza del vehículo. Los hechos ocurrieron en el transcurso de una discusión relacionada con la preparación de un viaje. Pasados diez minutos desde la primera agresión, Alberto E. A golpeó de nuevo a su pareja cuando esta regresó a casa, propinándole patadas y puñetazos en los pechos y en el brazo. Durante el ataque, la agarró fuertemente del cuello provocándole como consecuencia una lesión cervical.
El acusado ha mostrado su conformidad con la pena solicitada por el Ministerio Fiscal y, una vez conocido el fallo, las partes han manifestado su decisión de no recurrir, por lo que, la sentencia es firme.
La víctima ha renunciado a cualquier indemnización o compensación económica que por tales hechos pudiere corresponderle.
No hay comentarios.