El Parlamento Europeo celebra una votación sobre el acuerdo el 29 de enero. Una vez que el Parlamento haya dado su consentimiento, el Consejo adoptará, por procedimiento escrito, la decisión sobre la celebración del acuerdo en nombre de la UE. Una vez adoptado, el acuerdo de retirada entrará en vigor a partir de la salida del Reino Unido de la UE, el 31 de enero de 2020 a la medianoche (hora de Bruselas).
En este sentido, y de cara al escenario post Brexit, los embajadores de la UE27 respaldan los principios de transparencia para las negociaciones posteriores al Brexit. El Comité de Representantes Permanentes (Coreper), reunido en formato EU27, ha aprobado los principios rectores para la transparencia en las negociaciones sobre la relación futura. Estos principios facilitarán un escrutinio público efectivo durante las negociaciones.
Todos los documentos de negociación del negociador de la UE (la Comisión) que se comparten con los Estados miembros de la UE, el Consejo, el Parlamento Europeo, los parlamentos nacionales o el Reino Unido se divulgarán al público, dentro de los límites de la legislación de la UE. Las normas sobre transparencia y acceso público a los documentos se aplicarán a todos los documentos en el contexto de las negociaciones.
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