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Bruselas, 11 jun (EFE).- Las mujeres procedentes de un país donde no se reconoce la igualdad entre hombres y mujeres pueden obtener el estatuto de refugiadas en la Unión Europea, según dictaminó este martes el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

El caso se refiere a dos adolescentes iraquíes que llevan residiendo en los Países Bajos desde 2015 y a quienes se denegó el reconocimiento de protección internacional.

Posteriormente recurrieron esa decisión, indicando que durante su larga estancia en los Países Bajos, habían adoptado las normas, valores y comportamientos de las jóvenes de su edad en el país y que, en el caso de retorno a Irak, no podrían acatar las normas de una sociedad que no reconoce a las mujeres y niñas los mismos derechos que a los hombres.

Alegaron además que temían ser perseguidas por la identidad que se han forjado en los Países Bajos.

Un juez de Países Bajos pidió al Tribunal de Justicia que aclare lo que supone la Directiva sobre Protección Internacional, que establece los requisitos para la concesión del estatuto de refugiado al que pueden acogerse los nacionales de terceros países.

Este estatuto está previsto para los casos de persecución de un ciudadano de un país tercero por motivos de raza, religión, nacionalidad, opiniones políticas o pertenencia a determinado grupo social.

La corte con sede en Luxemburgo señaló hoy que, en este tipo de supuesto, se puede considerar que las mujeres, incluidas las menores, en función de las circunstancias en su país de origen, pertenecen a un "determinado grupo social", y que el riesgo de que puedan ser perseguidas puede dar lugar al reconocimiento del estatuto de refugiado.

El Tribunal de Justicia precisa que las autoridades nacionales deben tener en cuenta el interés del menor que pide protección internacional en un examen individual.

Al evaluar una solicitud de protección internacional basada en un motivo de persecución, como «la pertenencia a un determinado grupo social», puede tenerse en cuenta una prolongada estancia en un Estado miembro, sobre todo si coincide con un período en el que el menor ha forjado su identidad, precisa la corte.




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