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#Actualizado 6 de agosto 2019. Publicado 1 de julio 2017.

La mayoría de la población es consciente de que determinadas actitudes conduciendo, al no respetar las normas establecidas, resultan en importantes sanciones económicas. Pero ¿sabías que algunas pueden llevarte incluso a la cárcel? 

s el caso de los delitos contra la seguridad del tráfico, que se cometen cuando se realizan acciones que ponen en peligro, como su propio nombre indica, la seguridad en el tráfico rodado. A continuación, desde Legálitas hacemos un repaso de los delitos contra la seguridad vial más destacados:

Exceso de velocidad

Se castiga al conductor que conduce a velocidad excesiva, superando en más de 60 kilómetros por hora en vía urbana o en 80 kilómetros por hora en vía interurbana a la permitida legalmente.

Conducir bajo los efectos del alcohol o las drogas

También es constitutivo de delito conducir bajo la influencia de bebidas alcohólicas –con una tasa de alcohol superior a 0,60 miligramos por litro de aire espirado o 1,2 gramos por litro de sangre, así como bajo los efectos de las drogas.

 

Conducir con temeridad manifiesta

Es delito conducir con temeridad manifiesta poniendo en peligro la vida o integridad de las personas, negarse a someterse a las pruebas para la comprobación de las tasas de alcoholemia y la presencia de drogas, conducir en los casos de pérdida de vigencia del permiso o licencia por pérdida de los puntos asignados legalmente o tras haber sido privado del permiso o licencia por decisión judicial, castigando la ley igualmente al que conduzca sin haber obtenido nunca el permiso o licencia de conducción.

Originar graves riesgos para la circulación

Por último, el Código Penal castiga al que origine un grave riesgo para la circulación colocando obstáculos imprevisibles en la vía, derramando sustancias deslizantes o inflamables, anulando la señalización o no restableciendo la seguridad de la vía cuando tenga obligación de hacerlo.

Las penas por estos delitos varían según cada uno de los supuestos, así por ejemplo, en el caso de exceso de velocidad la pena puede ser de 3 a 6 meses de prisión o multa de 6 a 12 meses o trabajos en beneficio de la Comunidad y retirada del carné de conducir de 1 a 4 años. Estas penas son las mismas para aquellas personas que conduzcan bajo la influencia del alcohol y superen las cantidades anteriormente mencionadas.

Por otro lado, en el caso de conducir con temeridad manifiesta, la pena puede ser de prisión de 6 meses a 2 años y privación derecho conducir de 1 a 6 años, pero si implicase un manifiesto desprecio por la vida de los demás, sería castigado con pena de prisión de 2 a 5 años y multa de 12 a 24 meses, así como la privación del derecho a conducir de 6 a 10 años. 

Si el delito cometido es la negación de la realización de la prueba de alcoholemia o a la detección de presencia de drogas, la pena es de prisión de 6 meses a 1 año y privación derecho conducir entre 1 y 4 años. 

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