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Según estadísticas publicadas por la Dirección General de Tráfico (DGT), en el año 2018 el 23% de los fallecidos en accidente de circulación de turismo o furgoneta circulaban sin hacer uso del cinturón de seguridad. La Organización Mundial de la Salud (OMS) estima que el uso del cinturón de seguridad puede reducir el riesgo de mortalidad en un 50%.

¿Cuándo es obligatorio el uso del cinturón de seguridad?

El abogado de ARAG, Jordi Marí, explica que los conductores y ocupantes de vehículos están obligados a utilizar el cinturón de seguridad tanto en vías urbanas como interurbanas salvo que el vehículo no tenga instalados cinturones de seguridad. Sin embargo, los menores de edad de estatura igual o inferior a 135 cm deberán utilizar sistemas de retención infantil (SRI).

En vehículos de hasta 9 plazas los menores de estatura igual o inferior a 135 cm deberán ocupar los asientos traseros, aunque podrán ocupar el delantero en tres casos:

  • Cuando el vehículo no disponga de asientos traseros
  • Cuando los asientos traseros ya estén ocupados por menores
  • Cuando no sea posible instalar los sistemas de retención en los asientos traseros

Cuando el menor se sitúe en el asiento delantero y el vehículo disponga de airbag frontal, éste deberá estar desactivado y es sistema de retención orientado hacia atrás.

La multa que corresponde por no utilizar el conductor el cinturón de seguridad o no hacer uso de los sistemas de retención infantil es de 200 euros y la retirada de 3 puntos del permiso de conducción.  Si el que no utiliza el cinturón de seguridad es un ocupante del vehículo la sanción es de 200 euros sin retirada de puntos.

¿Hay excepciones al uso del cinturón de seguridad?

Sí, el conductor está exento de utilizar el cinturón de seguridad al efectuar la maniobra de marcha atrás o de estacionamiento y también las personas que posean un certificado médico que les exima de utilizarlo por razones médicas graves o discapacitadas.

Los taxis cuando circulen dentro de poblado están exentos de utilizar el cinturón de seguridad y podrán transportar menores que no alcancen los 135 cm sin sistemas de retención infantil.

Los distribuidores de mercancías que hagan operaciones de carga y descarga en lugares cercanos unos de otros dentro de poblado también están exentos, así como los conductores y pasajeros de vehículos de urgencia. Las personas que acompañen a un alumno o aprendiz de la conducción y estén al cargo de os mandos adicionales del vehículo también estarán exentas dentro de poblado.

La DGT recuerda que en un mismo accidente sin cinturón de seguridad se producen tres colisiones:

  • El vehículo impacta contra un objeto (otro vehículo, obstáculo, valla, animal…)
  • Colisión entre ocupante que no lleva cinturón y el interior del vehículo (aquí es donde suelen producirse las heridas más graves)
  • Colisión de los órganos internos contra la pared torácica o estructura ósea.

Durante el 2018 se registraron 185 fallecidos en turismo o furgoneta que no utilizaban el cinturón de seguridad, el 23%. De ellos, 165 en vías interurbanas y 20 en vías urbanas.

La DGT recuerda que, aunque los dispositivos de retención no evitan accidentes, sí reducen considerablemente la gravedad de las heridas sufridas por los ocupantes. Además, los usuarios que no llevan abrochado el cinturón en el momento de la colisión representan la mayoría de las víctimas mortales en accidente.

En lo que se refiere a los sistemas de retención infantil, la DGT indica que un menor sin sujeción multiplica por 5 la posibilidad de sufrir lesiones mortales o graves en accidente y que 9 de cada 10 lesiones graves o mortales se habrían evitado de haber utilizado los sistemas de retención.

Es por todo ello que se considera que el cinturón de seguridad y los sistemas de retención infantil son de los sistemas de seguridad pasiva los que más vidas han salvado.




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