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Si trabajamos por cuenta propia, cuando estamos a punto de cerrar el ejercicio fiscal, es conveniente repasar una serie de conceptos para ver si hemos hecho bien las cosas y sobre todo para intentar obtener el mayor rendimiento dentro de la legalidad.

Cambio de elementos afectos a nuestra actividad

Si estamos pensando en cambiar algún elemento afecto a nuestra actividad como autónomos, por ejemplo, un arquitecto que tiene pensado cambiar el ordenador que utiliza exclusivamente para el desarrollo de su actividad, ahora es el momento de hacerlo, ya que, de este modo, podremos deducir el IVA al 100%, si el elemento está exclusivamente afecto a la actividad económica, situación que a veces es difícil poder demostrar.

Por otro lado, podremos aplicarnos el gasto vía amortización en nuestra declaración del Impuesto sobre la Renta de las personas Físicas, de tal manera que a la hora de hacer nuestra autoliquidación de renta podremos incluir un gasto de nuestra actividad y así tributar por un menor rendimiento.

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Es igualmente recomendable, y sobre todo en el momento que estamos atravesando, conocer que, si hemos estado trabajando desde casa como autónomo, desarrollando nuestra actividad en una parte de nuestra vivienda y podemos demostrarlo, a la hora de hacer igualmente nuestra declaración podemos deducir un porcentaje del 30% de la parte afecta al desarrollo de la actividad.

  • Por ejemplo, si nuestra casa tiene 100 metros y utilizamos una habitación como despacho con una superficie de 20 metros, sabemos que el porcentaje afecto a nuestra actividad es de un 20%.
  • De ahí podemos fijarnos en la factura de la luz, gas, agua, telefonía, etc., y sacar el 20%.
  • Del resultado, aplicaremos el 30% y esa es la parte que podemos desgravar, siempre y cuándo lo podamos justificar por cualquier medio de prueba admitido en derecho, y ha de estar afecta la vivienda a la actividad mediante la Declaración Censal, Modelo 036 (ordinario) , Modelo 037, (simplificado).

Ejemplo Práctico:

Ponemos como ejemplo una factura de luz 2.000 euros, de la cual tomamos el 20%=400 euros. Posteriormente, de este resultado tomamos el 30%, obteniendo un total 120 euros que puedo incluir como gasto. 

???? De esta manera, sobre todo en este último trimestre, y a raíz de la subida de la electricidad, es bastante importante beneficiarnos de esta deducción. 

Por otro lado, es un buen momento para cerrar el ejercicio e invertir en nuestro propio desarrollo, esto es, cursos, congresos, coloquios relacionados con nuestra actividad...que generarán un gasto que nos beneficiará y hará que ahorremos fiscalmente hablando.

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