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Bruselas, 10 ene (EFECOM).- La abogada general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea Juliane Kokott abogó este jueves por ratificar la multa de 2.424 millones de euros impuesta por la Comisión Europea a Google en 2017 por abuso de posición dominante a través de su motor de comparación de productos Google Shopping.

La letrada desestima así el recurso de casación planteado por Google y su matriz, Alphabet, contra una sentencia anterior de primera instancia que confirmó una sanción que cuando fue impuesta era la mayor dictada nunca contra una empresa por abuso de posición dominante.

A juicio de la abogada general, Google "se sirvió de su posición dominante en el mercado de los servicios de búsqueda general como palanca para favorecer a su propio servicio de comparación de productos mediante la presentación preferente de sus resultados", tal y como "constató la Comisión y confirmó el Tribunal General".

El caso se remonta a 2017, cuando la Comisión Europea concluyó que la multinacional "daba preferencia a los resultados de su propio servicio de comparación de productos frente a los de los servicios de comparación de productos de la competencia".

En concreto, Google "presentaba los resultados de búsqueda de su servicio de comparación de productos en la parte superior y los destacaba con una información atractiva de imagen y texto", mientras que los productos de la competencia "solo aparecían en una posición inferior en forma de un enlace azul".

Los servicios de Competencia del Ejecutivo comunitario consideraron que se trataba de un abuso de posición dominante e impulso a la firma tecnológica una multa de 2.424 millones de euros que posteriormente fue recurrida por Google y Alphabet ante la Justicia europea.

El Tribunal General de la UE dio en un primer fallo la razón a la Comisión Europea y esta sentencia fue de nuevo recurrida por la multinacional.

En sus conclusiones, que no son definitivas pero que suelen marcar el sentido final de la sentencia, Kokott propone al Tribunal de Justicia que desestime el recurso de casación y en consecuencia confirme la multa impuesta a Google.

En su opinión, tanto la Comisión como el Tribunal General observaron "acertadamente" que la diferencia de trato a los competidores por el "autofavoritismo" de Google se llevó a cabo mediante un "efecto de palanca" que consistía en que la multinacional explotaba su posición dominante en el mercado de servicios de búsqueda para "procurarse ventajas competitivas" en el mercado servicios de búsqueda especializada.

El de Google Shopping es uno de los tres expedientes que la Justicia europea sigue evaluando tras la imposición de multas por abuso de posición dominante: Bruselas también impuso una multa de 4.340 millones por abuso de posición dominante con Android y otra de 1.490 millones por abuso en el mercado de publicidad en línea.

Además, Bruselas acusó formalmente a Google de abuso de posición dominante con sus servicios de tecnología publicitaria o 'adtech' en lo que es un cuarto expediente contra la multinacional estadounidense, aunque en este caso la investigación de las autoridades comunitarias sigue en marcha.




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