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Recientemente, el Tribunal Europeo de Justicia de la Unión Europea ha condenado a Grecia a pagar una suma de 3,5 millones de euros por haber retrasado, durante cuatro años, la aplicación del Derecho europeo en materia medioambiental.

Es sin duda, un fallo que no sorprende, pues como bien recuerda el Tribunal, la protección del medio ambiente es uno de los objetivos esenciales de la Unión Europea y, por ende, el incumplimiento del mismo reviste una seria gravedad, que es tomada en cuenta en la argumentación de su fallo.

Esta sentencia es el resultado del proceso que inició la Comisión Europea instando a Grecia a cumplir con la Directiva 91/676/CEE, relativa a la protección de las aguas contra la contaminación producida por los nitratos utilizados en la agricultura, cuando constató que existían zonas que podrían ser afectadas por estas sustancias, y que se encontraban desprotegidas, concretamente, en el área de Tesalia y del río Evros.

Al no cumplir el Estado griego con las exigencias de la Comisión, ésta elevó la cuestión al TJUE que ya en Sentencia de 23 de abril de 2015 se pronunció condenando a Grecia por no haber establecido programas de acción de las referidas zonas, contraviniendo, así, las disposiciones europeas. Además, la Comisión, en su función de control de las ejecuciones de las sentencias del TJUE, constató que tal incumplimiento persistía, pues las medidas deberían haber sido implementadas a finales de diciembre de 2017.

Y fue, precisamente, la no implementación de esas medidas, lo que llevó a la Comisión a devolver el asunto al TJUE y lo que ha culminado con esta nueva resolución, que, finalmente, obliga a Grecia al pago de una cantidad a tanto alzado, por haber, en mayo de 2019, cuando aprobado una orden ministerial que adoptaba las medidas necesarias que ejecutaban la Sentencia.

Todo ello, no hace sino revelar la importancia que para las instituciones europeas tiene el cumplimiento de la normativa de la Unión y, en concreto, la normativa relativa a las políticas medioambientales y de protección del medio ambiente y los recursos naturales; compeliéndose a los Estados miembros a cumplirla llegando, incluso, a imponer sanciones económicas a aquéllos que no la respeten, con una finalidad, también, disuasoria, de cara a futuro.

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