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  • El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sentenció este jueves que la inclusión obligatoria de dos impresiones dactilares en los documentos de identidad es compatible con el derecho a la vida privada y la protección de datos, pero pidió un nuevo reglamento europeo para regular la cuestión.
  • Ver sentencia

Bruselas, 21 mar (EFE).- La corte cree que incluir las huellas dactilares está justificado por el objetivo de luchar contra la producción de documentos de identidad falsos y la suplantación de identidad, que contribuye a luchar contra la delincuencia y el terrorismo, así como de garantizar la interoperabilidad en los sistemas de verificación facilitando el movimiento en la UE, según explicó en un comunicado.

La inclusión obligatoria en los documentos de identidad de dos impresiones dactilares es compatible con los derechos fundamentales al respeto de la vida privada y a la protección de los datos personales. Está justificada por los objetivos de luchar contra la producción de documentos de identidad falsos y la suplantación de identidad, así como de garantizar la interoperabilidad de los sistemas de verificación. Sin embargo, el Tribunal de Justicia declara inválido el Reglamento que establece esta medida por haber sido adoptado sobre una base jurídica errónea y, por consiguiente, con arreglo a un procedimiento legislativo incorrecto. Debido a las graves consecuencias negativas que tendría una declaración de invalidez con efecto inmediato, el Tribunal de Justicia mantiene los efectos del Reglamento como muy tarde hasta el 31 de diciembre de 2026, hasta la entrada en vigor de un nuevo reglamento.

Sin embargo, el TJUE declaró inválido el reglamento europeo que establece esta medida puesto que se adoptó sobre una base jurídica errónea y, por tanto, según un procedimiento legislativo incorrecto.

No obstante, declarar esta invalidez con carácter inmediato tendría "consecuencias negativas", por lo que el TJUE decidió mantener los efectos de la norma como muy tarde hasta el 31 de diciembre de 2026 hasta la entrada en vigor de un nuevo reglamento.

La corte se pronunció así después de que un ayuntamiento alemán denegase la petición de un ciudadano de expedirle un nuevo documento de identidad que no incluya sus impresiones dactilares, lo que llevó a este a recurrir a la justicia.

El tribunal alemán a cargo del caso preguntó entonces al TJUE sobre la validez del reglamento de la UE que establece esta obligación.




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