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  • Don Felipe recibió en el Palacio de La Zarzuela al presidente del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, Koen Lenaerts, que realiza una visita a España.

El presidente del Tribunal de Justicia de la UE vino acompañado a la audiencia con Su Majestad el Rey, por el presidente del Tribunal Constitucional, Pedro González-Trevijano Sánchez.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea constituye la autoridad judicial de la Unión Europea y, en colaboración con los órganos jurisdiccionales de los Estados miembros, vela por la aplicación y la interpretación uniforme del Derecho de la Unión. Tiene su sede en Luxemburgo.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea está integrado por dos órganos jurisdiccionales: el Tribunal de Justicia y el Tribunal General (creado en 1988).

El Tribunal de la Función Pública (creado en 2004) puso fin a sus actividades el 1 de septiembre de 2016, tras traspasar sus competencias al Tribunal General en el contexto de la reforma de la estructura jurisdiccional de la Unión. El Tribunal de Justicia está compuesto por un juez por cada Estado miembro (27) que esta asistido por 11 abogados generales.

El Tribunal General está compuesto por dos jueces por cada Estado miembro.

Los jueces y abogados generales del Tribunal de Justicia y los jueces del Tribunal General son designados de común acuerdo por los Gobiernos de los Estados miembros por un periodo de seis años entre juristas que acrediten independencia y competencia. Cada tres años tendrá lugar una renovación parcial de los jueces y abogados generales. Los jueces eligen entre ellos un Presidente por un período renovable de 3 años.

El Tribunal de Justicia actuará en Salas o en Gran Sala, de conformidad con las normas establecidas al respecto en el Estatuto del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Cuando el Estatuto así lo disponga, el Tribunal de Justicia también podrá actuar en Pleno.

Competencias

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea se pronunciará, de conformidad con los Tratados: sobre los recursos interpuestos por un Estado miembro, por una institución o por personas físicas o jurídicas; con carácter prejudicial, a petición de los órganos jurisdiccionales nacionales, sobre la interpretación del Derecho de la Unión o sobre la validez de los actos adoptados por las instituciones; y en los demás casos previstos por los Tratados.

Para llevar a cabo las tareas que tiene encomendadas, se han atribuido al Tribunal de Justicia competencias jurisdiccionales estrictamente definidas, que ejerce en el marco de las distintas categorías de recursos y del procedimiento de remisión prejudicial.
El Parlamento Europeo y el Consejo, con arreglo al procedimiento legislativo ordinario, podrán crear tribunales especializados adjuntos al Tribunal General, encargados de conocer en primera instancia de determinadas categorías de recursos interpuestos en materias específicas.

Dado que cada Estado miembro tiene su propia lengua y su sistema jurídico específico, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea es una institución multilingüe, cada una de las lenguas oficiales de la Unión puede ser lengua de procedimiento. El Tribunal de Justicia ha de respetar un multilingüismo integral debido a la necesidad de comunicarse con las partes en la lengua del procedimiento y de garantizar la difusión de su jurisprudencia en todos los Estados miembros.




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