Bruselas, 29 sep (EFE).- El Abogado General del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) avaló este jueves el carácter ilegal del sistema de bonificaciones fiscales para inversores en astilleros en España que fue denunciado por la Comisión Europea en 2013, pero recomendó recalcular las ayudas que deben ser recuperadas por las autoridades españolas
En su escrito de conclusiones, que no es vinculante de cara a la futura sentencia que debe emitir el tribunal de Luxemburgo, el letrado Pritt Pikamäe considera que el método de cálculo utilizado por Bruselas "adolece de un defecto de motivación", por lo que la sentencia de 2020 que rechazó el recurso de España, Lico Leasin y PYMAR debe ser anulada en este punto.
A su juicio, la recuperación de las ayudas "debe restablecer la situación anterior a la concesión de la ayuda", por lo que es necesario cuantificar "con exactitud" la parte que debe recuperarse "de modo que (la empresa) pierda únicamente el beneficio que disfrutó frente a sus competidores".
"La recuperación de un importe más elevado debilitaría la posición competitiva previa del beneficiario de la ayuda y, por tanto, tendría carácter de sanción", advierte el Abogado General.
Por el contrario, el Abogado General sí considera "correcto" el método del Tribunal General para examinar si el sistema de bonificaciones fiscales era selectivo y avala el análisis que apunta a que la concesión de las ayudas estaba supeditada a la obtención previa de una autorización que "concedía la Administración tributaria en virtud de una amplia facultad discrecional".
Esta facultad, añade Pikamäe, se basaba en "criterios vagos y carentes de todo carácter objetivo" y permitía decidir a las autoridades fiscales españolas qué entidades se beneficiarían de dicha autorización o las condiciones de la misma, lo que justifica que el sistema fuese calificado de "selectivo".
El caso se remonta a 2013, cuando el sistema de ayudas fiscales a las inversiones en astilleros fue declarado ilegal por el entonces comisario de Competencia, el español Joaquín Almunia y el Abogado General reclama, por este motivo y "en interés de los afectados" que el Tribunal de Justicia resuelva el caso y no lo devuelva a instancias inferiores otra vez.
Aunque el sistema de bonificaciones se puso en marcha en 2002, Bruselas ordenó recuperar las ayudas concedidas a los astilleros bajo este sistema entre 2007 y 2011 tras concluir que el sistema era contrario a las reglas comunitarias sobre ayudas de Estado.
El Gobierno español y las sociedades Lico Leasing y Pequeños y Medianos Astilleros Sociedad de Reconversión recurrieron esta decisión, que fue anulada en un primer momento por el Tribunal General de la UE en diciembre de 2017. A raíz del recurso presentado por el Ejecutivo comunitario, el Tribunal de Justicia de la UE -el órgano superior- ordenó reabrir el caso.
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