Bajo el lema “Pulso al impulso de la Mediación en el nuevo escenario post pandemia”, el IV Simposio Tribunales y Mediación, tendrá lugar desde hoy Lunes 21 al 25 de septiembre de 2020, organizado por la sección española del Grupo Europeo de Magistrados por la Mediación (GEMME) dedicada a impulsar los métodos alternativos de resolución de conflictos desde el ámbito de los Tribunales. Será un congreso intercontinental retransmitido íntegramente en streaming, dirigido a jueces, magistrados, resto de operadores jurídicos, mediadores y otros profesionales del ámbito de la mediación nacional e internacional.
El congreso, que se desarrollará en un formato virtual, en español y en inglés, dedicará la jornada del martes 22 de septiembre a la “la mediación electrónica”. Sendas mesas, presentadas y conducidas por el Dr. Oscar Daniel Franco Conforti (Director de Mediar Online) y Ricardo de Sosa (Mediador y Formador de Mediar Online), respectivamente, pondrán el foco intercontinental en aquellos aspectos que, como consecuencia de la pandemia, han conducido a un primer plano de la actualidad a la modalidad online de la mediación, con la finalidad de destacar las peculiaridades que distinguen a la mediación electrónica de conflictos de otras formas de resolución alternativa de conflictos online. Sin duda, es imprescindible que el discurso de los mediadores e instituciones de mediación en torno a la mediación electrónica resulte congruente, tanto en los aspectos jurídicos como tecnológicos.
La búsqueda de soluciones que agilicen la avalancha de procedimientos contenciosos que se incoarán a raíz de la propia emergencia sanitaria y del impacto socioeconómico de las medidas adoptadas durante la pandemia, es un reto al que tendrán que enfrentarse por igual los Estados en diferentes lugares del mundo. En un escenario que se prevé tan caótico, desperdiciar las oportunidades que brinda la Mediación, como procedimiento no contencioso para la resolución de conflictos, resultaría una insensatez.
Las Comunidades latinas cuentan, a uno y otro lado del océano, en los últimos años con un importante número de mediadores profesionales, ampliamente formados en las técnicas no adversariales de resolución de conflictos (ADR / MASC) con una amplia cobertura territorial, así como con un marco normativo no menos extenso, aunque no siempre homogéneo ni armonizado entre ellas, en sus legislaciones estatales y regionales, para ofrecer soluciones rápidas, efectivas y económicas a conflictos surgidos en multitud de áreas de especialización. Incomprensiblemente, la Mediación, continúa siendo una amplia desconocida a nivel ciudadano, tanto en el ámbito intrajudicial como extrajudicial. Toda una fuerza de choque socialmente infrautilizada.
En consonancia con ese desconocimiento, no son pocos los propios profesionales de la mediación que son igualmente desconocedores de las herramientas y recursos tecnológicos que, la mediación por medios electrónicos, pone a su alcance para abordar la totalidad o parte del procedimiento a distancia, todo ello al amparo de la ley. Una distancia, que si ha podido resultar de utilidad en escenarios pasados para salvar fronteras geográficas, problemas de agenda, o brechas de movilidad, resulta en la actualidad una garantía de tranquilidad añadida para salvaguardar la seguridad sanitaria, en escenarios no por virtuales menos reales.
En el ámbito concreto de la mediación digital, la inexcusable exigencia de competencias, conocimientos y habilidades tecnológicas específicas para garantizar el potencial éxito de una mediación por medios electrónicos alcanza a todos los actores implicados en el procedimiento en línea, si bien con diferentes grados del nivel de exigibilidad y responsabilidad.
Esto requiere por parte del mediador no solo la adquisición, formación y dominio de esas competencias, conocimientos, habilidades técnicas y herramientas específicas de esta modalidad concreta de mediación, sino también disponer de la suficiente capacidad y recursos para analizar y evaluar si las partes que eligen utilizar este procedimiento podrán abordarlo en condiciones de igualdad y competencia.
El mediador, además de estar familiarizado y formado en el uso de los recursos digitales que utilizará en el procedimiento, deberá testear previamente que las partes comprenden correctamente el funcionamiento de las herramientas TIC (Tecnologías de Información y Comunicación) que se emplearan durante el desarrollo de la mediación y que saben utilizarlas correctamente, con especial incidencia en el tipo de modalidad, sincrónica o asincrónica, de los medios a utilizar. Los mediadores, así como los proveedores de plataformas electrónicas, como actores del procedimiento vienen obligados a desarrollar sus actuaciones en un entorno seguro y reservado, con todas las garantías legales e informáticas en relación a la confidencialidad, identidad, protección de datos y demás principios que informan a la institución de la Mediación.
Con toda seguridad, este simposio intercontinental, coadyuvara a la clarificación de todos estos parámetros. Garantes de ello, serán Franco Conforti y Ricardo de Sosa, desde sus responsabilidades como conductores de las mesas especializadas en Mediación electrónica, dentro de este IV Simposio Tribunales y Mediación, organizado por la sección española del Grupo Europeo de Magistrados por la Mediación.
Y es que, los profesionales los tenemos, las herramientas y recursos tecnológicos basados en TICs también. ¿Qué nos impide su correcta utilización, como recurso auxiliar para la resolución de conflictos? Después de todo, más allá de los aspectos sanitarios, la tecnología resultará la adecuada vacuna virtual para resistir esta pandemia y otras futuras.
Patricio Marcelo Gandulfo el 24/09/2020, h.
Que buena propuesta la del IV Simposio Tribunales y Mediación; felicitaciones a Franco Conforti y a "Mediar Online"; es un espacio necesario y ojalá nos mantengan informados sobre los temas que allí sean debatidos. Éxitos y por muchos más espacios de encuentro....
Andrés Vázquez López el 21/09/2020, h.
Me temo Sonnia que el plazo de inscripción ya se encuentra cerrado. Le dejo, no obstante el enlace. https://mediacionesjusticia.com/simposio-2020 También la página incluye una dirección de correo electrónico de contacto. Gracias por su interés.
Sonnia el 21/09/2020, h.
Como se puede asistit al evento? Tiene algun código de identificación?
Rodolfo Victor el 21/09/2020, h.
Excelente evento al qué hay que prestar especial atención por su utilidad en esta nueva habitualidad que vivimos
Mirta Luján Jaime Anderson el 21/09/2020, h.
Excelente evento!!..Es indispensable para el avance de la mediación electrónica que todas las partes, con sus letrados y los órganos judiciales, en su caso, conozcan y acepten este método o medio maravilloso que nos aporta la tecnología. Gracias por este artículo, muy claro y contundente...Además, desde ya , felicitaciones al Dr .Franco Conforti por su valioso protagonismo y aporte, sin dudas, en el evento!!. Más éxitos! .saludos cordiales para todos los que hacen posible estos avances, que seguro vinieron para quedarse, dado los beneficios que acarrean al ejercicio de la profesión.