La Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Aragón ha absuelto a los herederos de una mujer de devolver un inmueble situado en la localidad turolense de Royuela a los herederos de su marido. Los herederos por parte del marido, tres hijos de una hermana, solicitaban al tribunal que se declarará su titularidad sobre el inmueble y se les hiciera entrega de la vivienda al haberse construido la casa sobre una paridera del marido.
El hombre recibió de su padre la mitad de una paridera situada en Royuela, donde el matrimonio construyó más tarde una vivienda con dinero común. Los magistrados han señalado en la sentencia que “la transformación realizada por el matrimonio es sustancial, tanto por la elevación de dos plantas sobre la baja como por el cambio de destino, de paridera a vivienda. Lo recibido por D. Miguel L. de su padre, a título gratuito, fue una paridera, y lo que después fue transmitido a los herederos es una vivienda”.
La Sala ha desestimado el recurso interpuesto por los herederos del marido contra los de la mujer (una hermana, el cuñado de una hermana fallecida y los dos hijos de esta última).
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