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  • El asalto a la casa de la víctima fue en mayo de 2002 en Vecindario, pero el hoy condenado se entregó en 2012.
  • La sentencia aplica la atenuante de dilaciones indebidas como muy cualificada

La Audiencia Provincial de Las Palmas ha impuesto condenas que suman tres años y medio de prisión a un ciudadano lituano como responsable del secuestro y robo con violencia al que fueron sometidos un empresario del sur de Gran Canaria, su mujer y el hijo del matrimonio en la primavera de 2002, en la localidad de Vecindario (Santa Lucía de Tirajana, Las Palmas). El caso no se resolvió hasta 2012, cuando el hoy condenado se entregó y confesó su culpa.

La Sala ha condenado al acusado como autor de un delito de detención ilegal en concurso medial con otro de robo con violencia, de dos delitos de detención ilegal y de tres delitos de lesiones.

Según detalla la sentencia dictada por la Sección Sexta de la Audiencia, con anterioridad al 9 de mayo de 2002 el acusado planeó con otras cuatro personas no identificadas “asaltar el domicilio” propiedad del empresario.

Sobre las 21.15 horas del día señalado, en virtud de ese plan, todos ellos se dirigieron a la vivienda. Tres de ellos accedieron al interior, mientras el acusado y otro de los asaltantes esperaban fuera en actitud vigilante, cada un en un vehículo.

Los tres asaltantes no identificados, vestidos con modos de trabajo azules, pasamontañas y guantes de lana, y provistos al menos de una pistola simulada, presillas de plástico y cinta de embalar, “golpearon fuertemente” a la mujer y al hijo del empresario, “a quienes después, con ánimo de privarles de su libertad ambulatoria, amordazaron y ataron de pies y manos, llevándoles hasta el baño de la casa, donde fueron encerrados a oscuras por tiempo indeterminado”.

A las 22.00 horas, cuando el padre de familia llegó a la vivienda, hicieron con él lo mismo que con su familia, y registraron la casa. “Acto seguido”, dice el fallo, “le condujeron hasta uno de los dormitorios, en el que había una caja fuerte, donde le sentaron atado de pies y manos y le propinaron una serie de golpes en distintas partes del cuerpo con el fin de que les facilitase la combinación para abrir la caja, lo cual no se produjo en un primer momento”.

Ante esta situación, los secuestradores cogieron al hijo del empresario y lo llevaron atado de pies y manos a presencia de su padre, y amenazaron de muerte a este último, tratando de asfixiarle con una bolsa de plástico, hasta que finalmente les dio la clave de la caja fuerte. Se hicieron entonces con el botín, que ascendía a 500.000 euros.

Tras llevarse al hijo de la pareja al cuarto de baño donde estaba su madre atada, les dejaron encerrados a oscuras y abandonaron el lugar.

El caso se resolvió en 2012, cuando el acusado se entregó a las fuerzas del orden y confesó los hechos. No obstante, en el juicio se desdijo de esta confesión, aunque la Sala ha apreciado pruebas suficientes para enervar su presunción de inocencia.

La sentencia aplica al caso la atenuante muy cualificada de dilaciones indebidas.

Además de la condena penal, el fallo impone al acusado la obligación de indemnizar al empresario con 500.000 euros por el dinero sustraído, 2.073 por las lesiones y 446 por las secuelas, con 2.073 euros por las lesiones y 505 por las secuelas a la mujer del empresario y con 2.073 euros por las lesiones y 646 por las secuelas al hijo de la pareja.

La sentencia es susceptible de recurso de casación.




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