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“Cuando una ley es injusta, lo correcto es desobedecer” Mahatma Gandhi.

Se narran a continuación una sucesión de hechos e infracciones llevadas a cabo por parte de RYANAIR en apenas un año.

“La dirección de la aerolínea avisa de que la plantilla está en “riesgo de perder el trabajo” si no acepta las condiciones.

Esta misiva de la compañía se hace contraviniendo e inobservando lo establecido en el convenio colectivo. La dirección pretende imponer ex novo una serie de condiciones unilaterales regresivas, con la amenaza de que si no se cumplen los trabajadores podrán perder sus puestos de trabajo.

La dirección advierte: “la base de reparaciones seguirá abierta si se cumplen las condiciones laborales del centro”. Por su parte, los trabajadores contestan: “Si quieren turnos de doce horas tendrán que pagarlos”.

Según los trabajadores “El problema no es que la plantilla no quiera, es que quieren que esas jornadas les salgan gratis y lo que no podemos hacer es esclavizar la mano de obra de Sevilla”.

Para poder realizar jornadas de 12 horas en invierno (época de mayor volumen de trabajo de cara a dejar los aviones listos para la temporada estival), hay que aplicar la legislación en los términos que recoge el convenio: “horas de bolsa flexible que se descansan una a una y un excedente de horas extraordinarias que tienen que ser compensadas económicamente”.

La dirección: “La huelga en España no va a durar, no nos sentaremos a hablar con los sindicatos”

Ante la mayor huelga de su historia, convocada legalmente por los sindicatos USO y Sitcpla, la compañía se niega a dar ningún paso para negociar de buena fe con el comité de huelga la solución del conflicto.

La reacción de Ryanair fue la de despedir a 11 trabajadores y la apertura de casi 100 expedientes disciplinarios, todo esto en el contexto de una huelga legal.

La Inspección de Trabajo levantó actas infractoras con propuestas de multas a Ryanair por 26 faltas laborales en las huelgas por el ERE en España

La ITSS detectó 23 faltas graves y tres muy graves, así como la obstrucción de la labor inspectora y limitar el derecho a huelga de los trabajadores, entre otras.

No es la primera vez que la autoridad laboral detecta infracciones de la multinacional irlandesa. En 2018, Ryanair vulneró el derecho a huelga de sus tripulantes de cabina en otra huelga y la Autoridad laboral avisó a la empresa de que los contratos que estaba firmando a sus empleados en la base de Girona, en los que precarizaba sus condiciones a cambio de mantener sus puestos, “incumplían la normativa laboral”.

La aerolínea irlandesa justifica su negativa a negociar ante los paros convocados porque niega la representatividad de dos sindicatos, USO y Sictpla, no así de CC.OO.

 Ryanair dice que no negocia porque estos dos sindicatos son “minoritarios” y asegura que está en conversaciones con CCOO, al que sí considera “mayoritario”.

La realidad es bien distinta, según los sindicatos, ya que no hay una representación legal de los trabajadores en la empresa, porque nunca se han celebrado elecciones al efecto, de manera que en puridad, no hay sindicatos con mayor o menor representación. Ryanair, en 2021, sí consideraba a ambas organizaciones sindicales representativas para negociar el convenio colectivo, a la luz de las actas de la mesa negociadora, pero ahora ha cambiado de parecer.

Ryanair despide a los dos líderes sindicales de la huelga de tripulantes, en noviembre de 2022

Los, hasta ahora, líderes sindicales de la huelga de tripulantes de cabina en Ryanair han sido despedidos por la aerolínea por la vía disciplinaria. Los dos trabajadores y sindicalistas despedidos son delegados sindicales y miembros del comité de huelga, y por tanto las dos caras más visibles de esta última movilización contra la negativa de la aerolínea irlandesa de seguir negociando el convenio colectivo con los sindicatos USO y SITCPLA.

Según la aerolínea: “Un pequeño número de tripulantes con base en España fueron despedidos por graves incumplimientos de sus obligaciones contractuales y legales, incluyendo el intento de socavar los servicios mínimos obligatorios ordenados por el Gobierno español”.

En total, USO cifra en “39 trabajadores” las personas trabajadoras despedidas en el contexto de los paros, a finales de noviembre de 2022.

USO y SITCPLA acusaron a Ryanair de vulnerar los servicios mínimos en las huelgas, algo por lo que la Inspección de Trabajo ha sancionado a la multinacional en el pasado.

La Inspección de Trabajo detectó numerosas faltas laborales en la huelga contra el ERE en España

 Finalmente, el ERE acabó siendo declarado nulo por la Audiencia Nacional quien a su vez condenó a la empresa por vulnerar el derecho a huelga mediante amenazas y el fomento del esquirolaje.

En esas movilizaciones, RYANAIR despidió a un sindicalista del sindicato USO, miembro del comité de huelga, cuyo despido fue considerado nulo por los tribunales más tarde.

“La Inspección de Trabajo sanciona a Ryanair con falta “muy grave” por tratar de impedir elecciones sindicales en Santiago”

“La ley vuelve a darnos la razón y confirma que el modelo de Ryanair no es un modelo empresarial brillante, sino fruto del incumplimiento sistemático de la ley”, afirma el sindicato USO.

La ITSS ha iniciado un procedimiento sancionador por falta “muy grave” a Ryanair debido a la actuación de la compañía aérea en las elecciones sindicales en el centro de trabajo de Santiago de Compostela, lo que podría acarrear una multa de entre 7.500 euros a 225.000 euros. Según USO, el sindicato convocó elecciones en la empresa en la base de Santiago el pasado mes de septiembre, y Ryanair “reaccionó impidiendo la formación de la mesa electoral formada por tres trabajadores, al no permitirles asistir a la constitución de esta”.

La ITSS, coincidiendo con la formación de la mesa electoral en el aeropuerto, constató que Ryanair no había realizado comunicación a los trabajadores que la constituían, ni permitió el acceso al centro de trabajo donde se debía constituir la mesa y modificó la fecha establecida por el sindicato convocante, USO, para el inicio del proceso electoral.

Multa a Ryanair por no proteger a sus trabajadores del calor este verano en vehículos a más de 41 grados

Se trata de una sanción con agravante a Ryanair por no proteger a sus trabajadores del calor extremo, ni siquiera cuando se lo exigió la Inspección de Trabajo en un requerimiento. La ITSS ha resuelto dos actas de infracción contra la aerolínea irlandesa por dos faltas graves en la prevención de riesgos laborales frente al personal que trabajaba en el empuje de aviones en las pistas del aeropuerto de Madrid-Barajas el verano pasado, bajo unas condiciones de calor extremo y en condiciones de riesgo por estrés térmico, como la conducción de vehículos a 41,6 grados de temperatura sin refrigeración.

Las empresas que no protegen a sus trabajadores frente al calor se enfrentan a multas de hasta 819.780 euros

Las empresas que no protegen a sus trabajadores frente al calor se enfrentan a multas de hasta 819.780 euros

La Inspección de Trabajo sanciona a Ryanair por no abonar el salario mínimo a los tripulantes de cabina

La Inspección de Trabajo levantó actas de infracción a Ryanair por no aplicar el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) a los tripulantes de cabina de pasajeros, con una sanción que puede oscilar entre los 751 y los 7.500 euros.

La Inspección de Trabajo considera que, al no especificarse si se trata de contratos a tiempo completo o parcial, están obligados a considerarlos a tiempo completo, por lo que deberían percibir el SMI.

Se ha comprobado que existen nóminas de estos trabajadores inferiores al SMI vigente, por lo que el salario es ilegal. En consecuencia, la Inspección de trabajo ha iniciado procedimiento sancionador por una infracción grave en materia de relaciones laborales.

Fuente: eldiario.es




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