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¿Cuántas veces ante una enfermedad, propia o de algún familiar o amigo, no has pensado que con otro tratamiento la evolución de la dolencia hubiera sido mucho mejor? Incluso, vamos más allá, ¿has llegado a pensar alguna vez que el retraso en un diagnóstico ha condicionado la evolución de unas lesiones? Si has vivido esta situación, quizá te enfrentas a una pérdida de oportunidad sanitaria.

A continuación vamos a explicar qué es y si los afectados pueden reclamar una indemnización por pérdida de oportunidad sanitaria.

¿Qué es la pérdida de oportunidad sanitaria?

Cuando, como consecuencia de un tratamiento médico planteado incorrectamente, se ha producido una privación de expectativas al paciente, de tal manera que existe la posibilidad de que la enfermedad hubiera evolucionado de una forma más favorable, de haber sido otro el tratamiento, hablamos de pérdida de oportunidad.

En estos supuestos, se calculan las probabilidades que habrían existido de curación en caso de que el facultativo hubiera actuado de forma distinta a como actuó. Con esto se valoraría la posible indemnización por pérdida de oportunidad sanitaria.

¿Cuándo se puede reclamar indemnización por pérdida de oportunidad sanitaria?

Si consideras que el tratamiento o el diagnóstico de tu enfermedad se ha demorado injustificadamente, como consecuencia de la no realización de las pruebas necesarias por parte de los facultativos, o que las mismas no se han analizado correctamente, es posible que te estén privando de posibilidades de curación, por lo que podrías reclamar.

Ejemplo de indemnización por pérdida de oportunidad en un retraso de diagnóstico

Supongamos que nos encontramos ante el retraso en el diagnóstico de una nefropatía membranosa. La nefropatía membranosa es una enfermedad que lleva a cambios e inflamación de las estructuras dentro del riñón que ayudan a filtrar los desechos y los líquidos. La inflamación puede llevar a que se presenten problemas con la función renal, e incluso a la insuficiencia renal terminal.

En un caso reciente, el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 1 de Santander concedió indemnización de más de 250.000 euros a un usuario del Servicio Cántabro de Salud que presentó reclamación por retraso diagnóstico de este tipo de enfermedad. El reclamante fundaba su pretensión en que, a pesar de que acudió en numerosas ocasiones entre los años 2009 y 2010 a su médico de cabecera presentando síntomas propios de esta enfermedad, y que, existían incluso análisis clínicos que evidenciaban la existencia de la misma, ésta no fue diagnosticada hasta el año 2012.

Entiende el Juzgado que en este caso se ha producido una privación de expectativas al paciente, que ha quedado con una enfermedad renal terminal, que exige una terapia renal sustitutiva y que muy posiblemente acortará su vida.

Ante esta situación, y atendiendo a los informes de los peritos médicos que se aportaron al procedimiento, prueba fundamental en este tipo de reclamaciones, se concluye que, en caso de que se hubiera detectado a tiempo dicha enfermedad, habría existido una probabilidad de entre el 60 y el 90% de evitar el resultado final, fijando finalmente el probabilidad de curación, en caso de diagnóstico precoz, en un 80%.




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