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  • Las comunidades de vecinos son responsables del tratamiento de los datos relativos a propietarios, sistemas de vigilancia y trabajadores de la comunidad      
  • Una mala gestión de datos podría implicar multas importantes, en función de la gravedad de la infracción.

Hace ya un año, el 25 de mayo de 2018, entró en vigor el nuevo Reglamento General de Protección de Datos (RGPD). Esta normativa provocó un terremoto legal que alcanzó a todos los sectores y organizaciones, y también afectó a las comunidades de vecinos. IESA, empresa proveedora de soluciones tecnológicas con más de treinta y cuatro años de experiencia, detalla cuáles son las consecuencias que ha implicado la RGPD para las comunidades de vecinos.

Esta normativa, impulsada desde la Unión Europea ha obligado a las comunidades a ser responsables del tratamiento de sus propios datos. Éstos son los tratamientos más comunes:

  • Información sobre los propietarios de la Comunidad de Vecinos: Todos los datos de los propietarios de los inmuebles necesarios para el normal funcionamiento de la comunidad.
  • Contenido generado por los sistemas de vigilancia: La comunidad será responsable de las grabaciones realizadas por los sistemas de seguridad, especialmente las imágenes de las cámaras de seguridad.
  • Información sobre los trabajadores: Suele tratarse de los datos recogidos en el contrato de trabajo.

 

Para el correcto registro de esta información, el RGPD obliga a la Comunidad de propietarios a realizar el Registro de Actividades de Tratamiento. En este registro deben reflejarse, por ejemplo, los fines de la posesión de esos datos, categorías de datos personales, o si existen cesiones a terceros.

Sanciones, la otra cara de la moneda

Una mala gestión de datos puede implicar multas de hasta 600.000€ por incumplir la antigua LOPD, o de incluso hasta 20 millones de euros en función de la gravedad de la infracción, según indica el nuevo RGPD.

Cada vez las normativas son más complejas: Impuestos, declaración de proveedores, comunicaciones certificadas, Prevención de Riesgos Laborales, y RGPD. Esto hace imprescindible contar con un Administrador de Fincas responsable y eficiente, al día de todos estos temas.

Si el Administrador está colegiado, es más probable que conozca todo lo necesario, puesto que los colegios se encargan de mantener al día a sus miembros. Además, como organismo oficial, responde de alguna manera de las actuaciones del Administrador.

 

Para facilitar el cumplimiento del RGPD, IESA pone a disposición de las comunidades de vecinos, a través de los Administradores de Fincas, el servicio RGPD 365. Más de 60.000 comunidades de propietarios cuentan con este servicio de IESA.

Este servicio orientado a la gestión general de la comunidad, certifica el cumplimiento íntegro del nuevo reglamento de protección de datos mediante sus actualizaciones de datos, auditoría y envío de certificados a las instituciones. Además, está integrado con los sistemas informáticos de IESA, que utilizan el 78% de los Administradores de Fincas.

 




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