- La tecnología blockchain aporta seguridad, transparencia e inmutabilidad de la información que son factores de sumo interés para el ámbito jurídico.
- Sin embargo, el sector legal sigue teniendo dudas respecto a la verificación de la identidad digital y el valor probatorio de los documentos recogidos en la blockchain.
Cuando hacemos referencia a la blockchain, asociamos directamente el ámbito cripto y las inversiones, respecto a las que a grosso modo la blockcain registra la posesión y el traspaso posesorio de las criptomonedas. Sin embargo, las características de transparencia e inmutabilidad que aporta la tecnología blockchain ofrecen un campo infinitamente más amplio de posibilidades de gran relevancia en el ámbito jurídico. No obstante, desconocer su funcionamiento puede dificultar a los profesionales del Derecho el adecuado análisis de los desafíos y oportunidades que ofrece.
Recientemente, hemos conocido la Sentencia de 24 de febrero de 2024 dictada en la Causa nº 5892/2022 por la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial, del Departamento Judicial de Morón (Argentina), por la que se ha revocado la resolución de instancia que consideró que el funcionamiento de la blockchain no permitía acreditar el contenido del documento suscrito por las partes.
Esta resolución ha levantado el debate respecto a dos mitos que han surgido en relación con la blockchain en los procesos judiciales y que son, la verificación de la identidad de los intervinientes en las transacciones y el valor probatorio de la información recogida en la blockchain.
Identidad Digital y verificación
El primer mito jurídico radica en la dificultad de identificación precisa de las partes involucradas en una transacción registrada en la blockchain. En la esfera tradicional, los documentos notariales o públicos cuentan con la firma y la certificación de un tercero confiable, que garantiza su autenticidad y validez legal. Sin embargo, en el entorno de la blockchain se tiende a creer aún por algunos profesionales del Derecho que no existe un sistema que permita realizar la identificación digital de forma indubitada. Si bien, esto no era posible hasta tiempos relativamente recientes, existen ya proyectos que permiten efectuar la identificación digital, como el desarrollado por Block-Auth. Este proyecto busca establecer una identidad virtual respaldada por la tecnología blockchain y, representa un paso crucial hacia la solución de este problema. Además del proyecto que se está llevando a cabo por la Unión Europea respecto a la identidad digital europea y que pretende también establecer un sistema de identificación digital efectivo e indubitado.
La identificación digital confiable permite asociar de manera inequívoca a los participantes con las transacciones registradas, fortaleciendo así el valor probatorio de los documentos en la blockchain.
Validez en Juicio de los documentos recogidos en la Blockchain
El segundo mito se relaciona con la validez legal de los documentos almacenados en la blockchain y su valor probatorio en un proceso judicial, como ocurrió en la resolución de Argentina que ha dado comienzo a este artículo.
A pesar de la capacidad de la blockchain para verificar si ha existido una transacción, su aplicación como evidencia legal aún enfrenta obstáculos debido a la necesidad de corroborar la exactitud del contenido.
Por tal motivo, es necesario hacer alguna precisión sobre el funcionamiento de la blockchain. Esta tecnología almacenará un hash -código alfanumérico realizado por criptografía- que se vincula con los documentos relativos a un acuerdo o contrato suscrito por las partes, en los que se recogen todos los detalles de la transacción. Dicho documento podrá ser almacenado por las partes a nivel interno y confidencial. En otras palabras, no se registra el documento en sí en la blockchain, sino el hash y el sello de tiempo de su realización. En el caso de que con posterioridad alguna de las partes realizase una modificación del contenido, dicha actuación produciría un nuevo hash relacionado con el documento, pudiendo detectarse la alteración.
En este sentido se ha pronunciado la Sentencia de la Causa Nº MO-5892-2022 dictada por la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial, del Departamento Judicial de Morón (Argentina) que indica que: "En BFA no se almacenan documentos o archivos dentro de la blockchain, solo se guardan los hashes de esos documentos. Los usuarios, los servicios, son responsables de resguardarlos de la manera que consideren más adecuada, pero al tener los digestos criptográficos sellados en la blockchain encuentran la forma de demostrar que esos documentos no fueron modificados luego de que ese hash se obtuvo."
En todo caso, como señala Lara Novis, COO de EDJ Xtech Law School, “bajo el ordenamiento jurídico español, en el caso de que un documento electrónico de carácter privado registrado en la blockchain sea impugnado, se procederá conforme a lo dispuesto en el artículo 326 de la Ley de Enjuiciamiento Civil relativo al cotejo pericial; pero el funcionamiento intrínseco de la blockchain facilitará notoriamente la labor de verificación de su autenticidad.”
Conclusión
La tecnología blockchain surge como un aliado indispensable de los profesionales del Derecho para la realización de contratos, aportando una seguridad jurídica adicional que facilita la acreditación probatoria en el seno del proceso judicial, respecto al contenido suscrito por las partes y la fecha de la contratación. El estado de la ciencia actual ya permite superar los dos mitos tradicionales que se planteaban al sector legal en torno a la blockchain, respecto a la identidad digital y el valor probatorio.
No obstante, el desarrollo de marcos regulatorios y estándares legales claros y específicos podría aportar niveles extra de seguridad jurídica. Además, la educación y la capacitación legal son esenciales para garantizar que los actores judiciales comprendan y acepten la evidencia presentada a través de la tecnología blockchain.
Bibliografía
[1] Onocko, S. (2024, febr. 23) Usar la blockchain no siempre es suficiente para probar el hecho. Diario judicial
[2] Hernández, E. (2022, nov. 17) La validez de evidencias en la blockchain. Codex Revista jurídica.
[3] Zamorano, V. (2019, ago. 05) La validez legal de un documento en la blockchain: lo que es y lo que será. Blockchain services.