En otros momentos he hablado del Plagio, incluso de la propiedad intelectual en plataformas y redes sociales. Pero no había profundizado en los derechos de autor en el humor, o el plagio en TikTok (y sé que te interesa).
Estamos en la era en la que cuánto más contenido subes, parece que tienes más probabilidades de hacerte famoso. Y quien se dedica a crear memes o momentos de humor, parece que tiene que llenar las redes de momentos increíbles haciendo humor.
Y al igual que sucede en muchas industrias, que se inspiran unos autores de otros, como antiguamente en los estilos de construcción y arquitectura, de ahí existen el barroco, románico, gótico, griego clásico, etc. ¿Por qué te crees que los podemos categorizar en una u otra? Porque los autores, creadores, se influenciaban unos a otros y así es como se crean los estilos.
De repente uno innovará, y los demás, reconociendo su arte y su originalidad, le imitarán.
La inspiración o imitación en la Propiedad Intelectual
Y los mismo en la música, un estilo o un artista referente en su género provocará la imitación de los que vienen detrás.
Y por eso me gusta tanto una de las frases míticas de Steve Jobs: “La innovación es lo que distingue a un líder de un seguidor”.
Y es que si la analizamos entendemos el gran por qué! Cuando alguien destaca por sus ideas, por su estilo, por su personalidad, inspira, distingue, es un “trendsetter” o pionero. Y lo mismo sucede en el humor.
El problema del plagio en TikTok con vídeos virales y challenges
Tiktok ha crecido a una velocidad vertiginosa, con el mundo entero encerrados en casa por una pandemia, con el teléfono en la mano y consumiendo miles de horas de contenido… Al final, así se generan circunstancias que dan lugar a que la gente imite.
¿Alguien se ha quejado o ha denunciado plagio o infracción de propiedad intelectual en los RETOS VIRALES? Esos retos que a mayor tontería o cuánto más famosa era la gente que la imitaba, más se imitaba?? O plagiaba, ya que muchos utilizan esta palabra con demasiada ligereza.
El dominio público no tiene propiedad intelectual
Una broma, un reto, un chiste o un baile se puede vulgarizar y terminar en el dominio público cuando se viraliza.
Te pongo un ejemplo, los refranes, los dichos, las canciones populares, los chistes, etc. Son tan conocidos por todos y tienen tantas versiones interpretativas que han perdido su esencia, el carácter sustancial o que los hacía distinguibles o atribuibles a su autor.
Muchas creaciones han pasado al dominio público por el tiempo que llevan existiendo, que ya de por sí ha provocado la caducidad del derecho. Pero otros, directamente no tienen aportación de la personalidad de un autor con suficiencia como para protegerse como obra artística, lo que nos llevaría a hablar de plagio.
Qué es el plagio y cómo lo define la RAE
El plagio es copiar en lo sustancial obras ajenas dándolas como propias. Así muy resumidamente.
Si vamos a la RAE, Real Academia de la Lengua Española, podemos leer incluso que el plagio es “usar palabras o ideas de otras personas como si fueran propias”, pero te aseguro que esta definición no está pensando en la Ley de Propiedad Intelectual o en un conflicto judicial.
Porque las ideas no se protegen por la propiedad intelectual. Y me he hartado de decirlo en otros contenidos, vídeos y blogs de mi web pablomazaabogado.es
Decía un humorista Español, Goyo Jiménez “Quién esté libre de plagio, que tire la primera piedra y ya verá como todos la tirarán también”.
El humor permitía robar chistes y esketches a otros cómicos
Ahora estamos muy haters con la vida, más con las redes sociales. Si te cae bien el actor o actriz que hace una broma, se la aplaudes, si no es santo de tu devoción quien la hace, se la criticas.
Y es que antes de TikTok, los Reels y Youtube, “se consideraba perfectamente normal que los cómicos profesionales robaran chistes y rutinas enteras de sus compañeros”. Los chistes se veían como seguimos viendo los chistes populares: pequeñas cápsulas de humor que circulan de forma oral y sin atribución, a menudo viajando entre lenguas y países.
Triunfaban los imitadores y no se hablaba de Plagio
Antes un cómico en España empezaba un chiste diciendo “saben aquél que diu…” imitando a Eugenio, y no se enfadaba nadie. Ahora, es un plagiador.
Lo digo, se nos llena la boquita cuando rajamos del éxito de otros. Y digo éxito, porque muchos no soportan el minuto de gloria que vive el gracioso de la fiesta, del grupo o de TikTok
¿Es Nachter un plagiador?
Lo analizo. Nachter, uno de los TikTokers más reputados y virales del momento. Entramos a analizar esto, he visto hilos en twitter y muchos montajes en los que se comparan vídeos de Nachter con supuestos originales idénticos. Que pueden serlo en ocasiones, y en otras, como no se tiene los dos vídeos con sus fechas de creación, no se puede valorar cuál se creó antes y cuál fue divulgado primero (puesto a disposición del público).
Cómo analizar cada elemento para valorar la infracción de propiedad intelectual o plagio
En el caso de que analicemos palabra por palabra, movimiento, gesto, y cada elemento sustancial de un vídeo o escena, si se dieran de forma idéntica, manteniendo lo sustancial según dice la ley, que en este caso será lo más característico del vídeo, por ejemplo, las frases y el orden, tono y contexto en que se usan, lo que infringiría los derechos del intérprete, o del texto original en caso de que pudiera ser una obra literaria.
Pero ciertamente es que no he visto que haya reclamaciones, asociaciones de autores o similar que defiendan que este youtuber, creador de contenido, y muchos otros, están plagiando de forma no permitida por la ley, lo que cuanto menos sería perseguible por actos de competencia desleal conforme a la Ley de Competencia Desleal y buenas prácticas de mercado, porque como ya sabemos, si se está copiando todo tal cual, hay cuanto menos un aprovechamiento del esfuerzo ajeno (del que ha creado primero el vídeo, meme, etc.) y luego el segundo lo calca de forma exacta.
Y eso es lo que me falta, que haya acción, que de verdad alguien, persona que se sienta autor o titular de derechos se sienta con su derecho infringido y reclame judicialmente, o en caso de asociaciones de estos creadores, que lo hagan.
Qué pasaría si reclaman por plagio a un TikToker o Youtuber de humor
Lo primero de todo sería comparar y peritar correctamente la obra que se proclama original, probar que es original, cumpliendo los requisitos objetivos y subjetivos de la originalidad conforme a la Ley y la Jurisprudencia (es decir, las decisiones judiciales del Tribunal Supremo y Tribunales superiores en cada Comunidad Autónoma cuanto menos).
Originalidad objetiva:
La obra no debe ser una copia de una obra ajena.
Originalidad subjetiva:
La obra es una creación novedosa, no existente previamente
Una vez acreditada la originalidad, pasar a la comparativa entre el original y la reproducción no consentida o copia.
Y no me quiero alargar, pero si no se persiguen este tipo de infracciones es porque económicamente no compensa. Cuánto gana un humorista o un creador de contenido con una broma puntual, un chiste, un sketch? Difícil de calcular. Y desde mi experiencia, cuando la indemnización o cantidad que se va a reclamar no es atractiva, muchas veces da pereza movilizar toda la maquinaria de abogado, peritos, procedimiento judicial, etc.
Y a los que van a cuchillo contra creadores de contenido, los invito a defender sus derechos antes que armar campañas de desprestigio que muchas veces pueden exceder del derecho de libertad de expresión de quien se siente perjudicado, o incluso, de los derechos a la tutela judicial.
Recomendaciones para no plagiar en TikTok, Youtube, Instagram y Facebook
- Citar a los autores y creadores originales del contenido.
- No hacer reproducciones que puedan dañar la obra o contenido original o a su autor, y
- Siempre que se vaya a realizar con fines claramente económicos o de actividad profesional, recomiendo la autorización o licencia para usar los contenidos, pues aunque se cite el autor o titular de los derechos de propiedad intelectual puede reclamar por el uso no autorizado.