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Madrid, 31 ene (EFE).- El Tribunal Supremo ha confirmado la prisión permanente revisable a una mujer que estranguló en Valencia a su marido con parálisis y lo enterró en una fosa con sosa cáustica, al rechazar que el plan respondió a la voluntad del propio marido de acabar con su vida y sus sufrimientos.

La Sala Penal ha desestimado el recurso de la mujer contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Valencia, que elevó la de 25 años de prisión que impuso en primera instancia la Audiencia Provincial, por asesinar a su marido, aquejado de una enfermedad degenerativa en estado muy avanzado que le provocaba parálisis en las piernas, el desplazamiento en silla de ruedas y la dependencia de terceras personas para sus necesidades vitales.

Además de la pena de prisión, la condenada tendrá que indemnizar con 283.000 euros a dos hijos que tenía el hombre con otra mujer.

El alto tribunal descarta la alegación de la mujer de que el plan respondió a la voluntad de su marido de poner fin a su vida y acabar así con su sufrimiento, ya que los hechos probados "permiten afirmar sin duda alguna que la recurrente no participó ejecutivamente en el suicidio de su marido, sino que decidió acabar con su vida".

La Sala se remite al "modo, cruel, en que se causó la muerte -intentando, primero, que inhalara gas butano para, después, asfixiarle con un cordón de zapato, no sin antes propinarle golpes, que le causaron distintas lesiones, para vencer la escasa resistencia física que opuso la víctima" por su cuasi inmovilidad.

A ello se suma "el sofisticado plan de ejecución trazado y el modo en que se pretendió deshacer del cadáver -echando sobre los restos cal viva y enterrándolos en una zanja de una finca rústica" lo que "patentizan una intención homicida, muy alejada de la compasión y del respeto por la autonomía y la dignidad personal que fundan el tratamiento ultraprivilegiado" de la cooperación en el suicidio. Su cadáver no fue hallado hasta junio de 2020, seis meses después.

El Supremo descarta que el hombre solicitara a la mujer de manera expresa e inequívoca que cooperara activa y directamente en la causación de su propia muerte, ya que da por acreditado que de forma plenamente consciente de la gravedad de su enfermedad y del curso de la misma, manifestó en alguna ocasión su deseo de morir, sin querer implicar a ningún familiar, y recabó información sobre la eutanasia.

De hecho, en septiembre de 2019 se inscribió en la Asociación Derecho a morir dignamente y decidió esperar para decidir sobre su situación a la reforma legal que vendría a regular la eutanasia.

Es decir, no solo no transfirió a su esposa ninguna petición expresa de cooperación activa en la causación de su muerte, sino que demostró una sólida voluntad de ejercer su autonomía personal durante el proceso del final de la vida.




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