Carpeta de justicia

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De entre los “cientos” de noticias laborales que pueden extraerse de los diarios digitales e impresos en España en un solo día, y a modo de resumen-selección, aportamos las más significativas del mundo del trabajo

Sindicatos piden medidas efectivas tras 6 muertes por accidente laboral

Madrid, 12 sep (EFE).- Comisiones Obreras (CCOO) exige a las empresas que en sus planes de prevención de accidentes adopten medidas "urgentes, reales y efectivas" contra la siniestralidad laboral, con seis trabajadores fallecidos en agosto en la región, mientras que UGT cifra en 6.593 el total de accidentes el pasado mes, un 15,4 % más que hace un año.

"Los datos de siniestralidad laboral de agosto en la Comunidad de Madrid nos devuelven a la realidad, con seis trabajadores fallecidos", tres de los cuales a causa de una patología no traumática, dice CCOO este lunes en una nota de prensa en la que asegura que detrás de este tipo de accidentes "se esconden altos ritmos de trabajo, que conllevan una alta exigencia psicológica para los y las trabajadoras".

Por su parte, UGT destaca que los accidentes aumentaron en agosto un 15,4 % respecto al mismo mes del año pasado, y aunque el número de accidentes graves es similar a los de agosto de 2021, el sector de la construcción ha registrado "un mal dato" con 9 accidentes graves en agosto de 2022, casi el doble que hace un año.

https://www.lavanguardia.com/vida/20220912/8518996/sindicatos-piden-medidas-efectivas-6-muertes-accidente-laboral.html

Operación en cinco provincias con 40 detenidos por un fraude laboral suplantando la identidad de residentes

La Policía Nacional ha detenido a 40 personas en las provincias de Madrid, Murcia, Alicante, Toledo y Almería en una operación por un fraude laboral en el que el entramado criminal se servía de documentación de ciudadanos nigerianos residentes en España.

Las detenciones se han practicado por los delitos de falsedad, usurpación y fraude a la Seguridad Social debido a que prestaban su documentación a personas en situación irregular para realizar actividad laboral y, a cambio, obtenían un beneficio directo a través del salario percibido por estos trabajadores.

Los investigadores tuvieron conocimiento de que ciudadanos de origen nigeriano, residentes en nuestro país, estarían presuntamente prestando su documentación o documentos falsos a terceros en situación irregular, para realizar actividad laboral suplantando la identidad del titular.

https://www.diariosigloxxi.com/texto-ep/mostrar/20220912141220/operacion-cinco-provincias-40-detenidos-fraude-laboral-suplantando-identidad-residentes

Inspección ordena dar de alta a decenas de repartidores de Amazon en Galicia

La Inspección de Trabajo ha ordenado que decenas de repartidores que trabajan para Amazon en O Porriño (Pontevedra) sean dados de alta de forma retroactiva en el Régimen General de la Seguridad Social, después de concluir que mantienen con la empresa una relación laboral y no mercantil. Esta respuesta del órgano sucede a una denuncia interpuesta en 2021 por el sector del transporte de UGT Vigo, sindicato que ha denunciado reiteradamente, desde que Amazon se instaló en O Porriño, que la multinacional de paquetería incumple "de forma manifiesta" la legislación laboral española.

Amazon importó desde Estados Unidos el sistema de reparto llamado Amazon Flex, nombre comercial de una división formada por particulares que presuntamente se adherían a él para sacarse un dinero extra repartiendo paquetes con su vehículo particular. "La relación, igual que pasó con los riders, es laboral y no mercantil", explica Rubén Bernárdez, asesor laboral de UGT, a la Agencia EFE. Esta resolución de inspección de Trabajo -basada en sentencias del Supremo- abre la puerta a que todos los trabajadores adheridos en su momento a Amazon Flex en España a este sistema puedan reclamar sus derechos, pese a que ya no está activo.

https://www.lainformacion.com/empresas/inspeccion-trabajo-alta-repartidores-amazon/2873517/

Escrivá cede y elude su compromiso de subir a 35 años el cálculo de la pensión

El ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá, tendrá que afrontar en las próximas semanas las negociación de la última fase de la reforma de pensiones, que incluye entre otras medidas, el ajuste del periodo de cálculo de las prestaciones, un asunto al que se habían opuesto los sindicatos. Mientras el ex secretario de Estado de Seguridad Social y Pensiones, Israel Arroyo, dejó clara la intención del ministerio de aumentar a 35 años e incluso a toda la vida laboral el periodo de cálculo de las pensiones, ahora Escrivá desdice la intención, que está plasmada en el Componente 30 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia enviado a Bruselas.

El ministro ha asegurado que "en ningún caso" se va a plantear elevar el periodo de cómputo para el cálculo de la pensión a 35 años, frente a los 25 años vigentes. En una entrevista en RNE, en un momento en que se se tendrá que acometer esta medida durante el diálogo con los agentes sociales, Escrivá manifestó que respecto al periodo de cálculo se pueden plantear "pequeños ajustes" para poder excluir años o mejorar el tratamiento de las lagunas de cotización.

https://www.lainformacion.com/economia-negocios-y-finanzas/nuevo-periodo-calculo-pensiones-reforma-escriva/2873490/

El trabajador tiene derecho a disfrutar los días de vacaciones del período comprendido entre el despido declarado nulo y el de readmisión

El trabajador tiene derecho a disfrutar los días de vacaciones del período comprendido entre la fecha del despido declarado nulo y la de readmisión, según establece el Tribunal Supremo, en sentencia de 12 de julio de 2022.

El ponente, el magistrado Molins García-Atance, determina que al tratarse de un despido nulo, la decisión extintiva inicial deviene ineficaz y se produce el restablecimiento del vínculo laboral, de manera que, a pesar de que durante el periodo de tramitación del procedimiento de despido no haya existido prestación de servicios, ello no es obstáculo para que el trabajador afectado mantenga su derecho a vacaciones.

https://www.eleconomista.es/legal/noticias/11938942/09/22/El-trabajador-tiene-derecho-a-disfrutar-los-dias-de-vacaciones-del-periodo-comprendido-entre-el-despido-declarado-nulo-y-la-de-readmision.html

Vuelta a la semipresencialidad: ¿Cómo ser productivo desde casa o desde la oficina?

El teletrabajo ha sido, y no hay dudas de que continúa siendo, uno de los temas de conversación más recurrentes en estos últimos años. Hay opiniones para todos los gustos ya que, según datos oficiales del Instituto Nacional de Estadística, durante el primer trimestre de 2022 un 13,6% de la población ocupada en España (unos 2,6 millones de personas) teletrabajaba de forma total o parcial y un 84% desearía poder teletrabajar. No todo el mundo, sin embargo, lo ve con los mismos ojos ya que más de la mitad (58,5%) de los empleados prefiere trabajar en oficina porque considera que desde casa se disminuye el contacto social, se propicia la sobrecarga de tareas y no hay una conexión real con la empresa. Cuando son las empresas las que opinan, los datos muestran que un 35,8% no planea implantar el teletrabajo porque no considera que eleve la productividad y expone que dificulta el trabajo colaborativo y entorpece la cultura organizativa.

http://www.rrhhdigital.com/secciones/actualidad/154319/Vuelta-a-la-semipresencialidad-Como-ser-productivo-desde-casa-o-desde-la-oficina

Los sueldos en la sanidad española sufren su mayor recorte en 4 años

Los profesionales sanitarios han protagonizado una nueva pérdida de su poder adquisitivo en el segundo trimestre del año. Los datos del Instituto Nacional de Estadística (INE) han revelado que el coste salarial por cada hora efectiva de trabajo efectiva ha caído un 0,7 por ciento entre los meses de abril y junio, en comparación con el mismo periodo del año anterior. Es el mayor recorte que se ha registrado en los últimos cuatro años.

El informe del Índice de Coste Laboral Armonizado (ICLA) ha revelado que el desembolso para cubrir los sueldos en las actividades sanitarias y de los servicios sociales ha roto su tendencia al alza, después de encadenar medio año con ligeras subidas interanuales. No se observaba una caída tan fuerte desde el segundo trimestre de 2018 cuando este indicador llegó a perder hasta un 4,1 por ciento.

https://www.redaccionmedica.com/secciones/empleo/los-sueldos-en-la-sanidad-espanola-sufren-su-mayor-recorte-en-4-anos-3416

El Gobierno prepara el terreno para negociar una subida salarial del 3% con los funcionarios

El Gobierno cifra en un 3% la subida que han experimentado salarios y márgenes empresariales (sin especificar en qué proporción cada cual) en el segundo trimestre del año. Este dato equivale al deflactor del PIB, indicador que descuenta la inflación 'importada' del exterior con la compra de materias primas y energía en el extranjero y únicamente tiene en cuenta la subida de precios experimentada en los bienes y servicios producidos a nivel nacional. Una cifra que, además, tradicionalmente ha servido de referencia en la revalorización salarial de los empleados públicos.

MÁS INFO

Economía rechaza el tope de precios de los alimentos que propone Díaz

El deflactor del PIB es un dato proporcionado por el Instituto Nacional de Estadística (INE) trimestralmente. Tomando como referencia el segundo trimestre, a esta cifra se llega sumando a la subida de los precios de lo que los residentes gastamos (7,9 puntos) la variación de precio de aquello que exportamos (5,7 puntos), y posteriormente restando la de los bienes La nueva Ley integral para la igualdad de trato y la no discriminación plantea interrogantes sobre una posible ampliación de los supuestos en los que un despido se puede declarar nulo.

Hasta el mes de julio de 2022, la extinción del contrato de trabajo, a través de un despido, de un empleado en situación de incapacidad temporal, únicamente conllevaba un riesgo de nulidad en aquellos casos en los que era posible equiparar la enfermedad padecida a una discapacidad. Ello podía ocurrir, por ejemplo, en los supuestos de baja por enfermedad de larga duración. Sin embargo, desde la publicación, el 13 de julio de 2022, de la Ley 15/2022 integral para la igualdad de trato y la no discriminación , están surgiendo dudas y opiniones diversas acerca de si se han incrementado los supuestos en los que el despido de un trabajador podría ser declarado nulo.

De conformidad con la nueva ley aprobada, en los supuestos de despidos de empleados en situación de baja por enfermedad deben tenerse en cuenta las siguientes novedades:

La enfermedad o la condición de salud de las personas queda establecida de manera expresa como una causa de discriminación.

Serán nulas de pleno derecho las disposiciones, actos o cláusulas de los negocios jurídicos que constituyan o causen discriminación por razón de alguno de los motivos previstos en esta ley.

Asimismo, existirá la obligación de reparación del daño causado proporcionando una indemnización y restituyendo a la víctima a la situación anterior al incidente discriminatorio que se consumen en España pero son de origen importado (10,6 puntos), tal y como explican desde el Ministerio de Economía.

Nuevo régimen de cotización para trabajadores autónomos

Aunque el Real Decreto Ley 13/2022, de 26 de julio (BOE de 27 de julio), por el que se establece un nuevo sistema de cotización para los trabajadores por cuenta propia o autónomos y se mejora la protección por cese de actividad, entrará en vigor el día 1 de enero del 2023, conviene conocer las claves más importantes de esta nueva regulación —modificada por el Real Decreto Ley 14/2022, de 1 de agosto (BOE de 2 de agosto) y posteriormente convalidada— para prever los cambios que genera el nuevo sistema de cotización en el régimen especial de trabajadores autónomos (RETA).

https://www.lawandtrends.com/noticias/laboral/nuevo-regimen-de-cotizacion-para-trabajadores-autonomos.html

¿Despido nulo por estar resfriado?

La nueva Ley integral para la igualdad de trato y la no discriminación plantea interrogantes sobre una posible ampliación de los supuestos en los que un despido se puede declarar nulo.

Hasta el mes de julio de 2022, la extinción del contrato de trabajo, a través de un despido, de un empleado en situación de incapacidad temporal, únicamente conllevaba un riesgo de nulidad en aquellos casos en los que era posible equiparar la enfermedad padecida a una discapacidad. Ello podía ocurrir, por ejemplo, en los supuestos de baja por enfermedad de larga duración. Sin embargo, desde la publicación, el 13 de julio de 2022, de la Ley 15/2022 integral para la igualdad de trato y la no discriminación , están surgiendo dudas y opiniones diversas acerca de si se han incrementado los supuestos en los que el despido de un trabajador podría ser declarado nulo.

De conformidad con la nueva ley aprobada, en los supuestos de despidos de empleados en situación de baja por enfermedad deben tenerse en cuenta las siguientes novedades:

La enfermedad o la condición de salud de las personas queda establecida de manera expresa como una causa de discriminación.

Serán nulas de pleno derecho las disposiciones, actos o cláusulas de los negocios jurídicos que constituyan o causen discriminación por razón de alguno de los motivos previstos en esta ley.

Asimismo, existirá la obligación de reparación del daño causado proporcionando una indemnización y restituyendo a la víctima a la situación anterior al incidente discriminatorio.

https://www.lawandtrends.com/noticias/laboral/despido-nulo-por-estar-resfriado-1.html

Sentencia da incapacidad absoluta a una trabajadora con fibromialgia

Málaga, 11 sep (EFE).- El Juzgado de lo Social número 14 de Málaga ha dado la incapacidad absoluta a una trabajadora comercial, de 49 años, por padecer fibromialgia y ha estimado la demanda formulada contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social, que realizó un informe negativo de su incapacidad.

La demandante tendrá una pensión vitalicia de más de 1.800 euros y la jueza ha fallado con carácter retroactivo y con el 100 % de la base reguladora de cotización, según la sentencia, a la que ha tenido acceso Efe.

En los hechos probados se indica que la mujer padece fibromialgia con dolor que "se inicia desde la planta de los pies y limita la bipedestación y la vida diaria.

https://www.lavanguardia.com/vida/20220911/8516584/sentencia-da-incapacidad-absoluta-trabajadora-fibromialgia.html

Gobierno central destaca que el 40% de los contratos formalizados en Andalucía en agosto fueron indefinidos

El delegado del Gobierno de España en Andalucía, Pedro Fernández, ha destacado este domingo que de los 251.870 contratos firmados en la comunidad durante el pasado mes de agosto, 101.548 fueron de carácter indefinido, es decir,el 40,5% del total, "una cifra que podemos comparar en términos absolutos con elmismo mes del pasado año, cuando se situó en 18.469 contratos, lo que pone demanifiesto la efectividad de las medidas emprendidas con la Reforma Laboral ensu apuesta por otorgar estándares de calidad a la generación de empleo".

En Andalucía, según ha explicado Fernández en un comunicado, "ya sumamos un total de 851.937 contratos indefinidos, el 30,6% del total (2.783.191), cuando el pasado año nos situábamos en 148.017 contrataciones de estas características sobre un total de 2.484.321, tan sólo el 5,9%".

https://www.lavanguardia.com/local/sevilla/20220911/8516580/gobierno-central-destaca-40-contratos-formalizados-andalucia-agosto-indefinidos.html

A vueltas con la obligada concreción fáctica en la carta de despido disciplinario

Sin perjuicio de resultar cuestión ampliamente revisada en nuestra jurisprudencia laboral el pasado 7 de junio de 2022 la Sala Cuarta, de lo Social, del Tribunal Supremo, ha dictado sentencia casando la emitida por el Tribunal Superior de Justicia Vasco declarando la improcedencia de un despido por falta de claridad de la comunicación extintiva.

El Alto Tribunal dictamina, en esencia, que es improcedente el despido de un cocinero al que se le imputa por la empresa transgresión de la buena fe por trabajar en otro establecimiento durante una situación de baja médica. Los hechos que se reflejan en la carta, dice la Sala, no son concretos, sino genéricos, lo que impide una correcta defensa. Además, añade la Sala, tampoco se concretan los momentos temporales y este extremo es necesario aun cuando se impute una conducta continuada.

Al efecto, nos recuerda el Tribunal Supremo que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 55.1 ET, la comunicación escrita del despido deberá expresar los hechos que lo motivan y la fecha de efectos. Por lo que hace referencia a los hechos, su importancia es básica en la medida en que constituyen el reproche disciplinario que el empresario efectúa al trabajador y, al mismo tiempo, implican para éste su garantía de defensa, dado que el artículo 105.2 LRJS expresamente establece que, para justificar el despido, al demandado no se le admitirán en el juicio otros motivos de oposición a la demanda que los contenidos en la comunicación escrita de dicho despido.

https://www.lawandtrends.com/noticias/laboral/a-vueltas-con-la-obligada-concrecion-factica-en-la-carta-de-despido-disciplinario.html

Toni Cantó, un abstemio laboral

oni Cantó representa el ideal de aspiración utópica, vivir sin trabajar. Vivir muy bien sin trabajar, despojarse de las servidumbres a las que el mundo del capital tiene sujeto al proletariado y emanciparse para alcanzar el cénit del bienestar. Cierto es que lo entendió mal y ha logrado su objetivo a cambio de ser una maquina extractora de los bienes y servicios que producen el resto de contribuyentes. Pero en el fondo, si lo pensamos con perspectiva, Toni Cantó es el ideal ecuménico existencialista. Es el perfecto espécimen hedonista, un efebo del jetismo. El mayor exponente de la sinvergonzonería pícara, al que habría que poner un altar como ejemplo concreto y desacomplejado del caradurismo concertado. Ni un euro en su cuenta sin concierto público. Expolio fiscal inverso. Escribamos loas encendidas a Cantó por el enaltecimiento grosero del chupopterismo, que los bardos escriban glosas.

Toni Cantó es un orgulloso miembro de la clase ociosa. La que parasita al resto para prosperar y que adquiere el nombre de “clase pecuniaria superior” en el trabajo del sociólogo Thorstein Veblen. Toni Cantó es un ejemplo vivo de una de las demandas que se exigía a esta clase extractiva de las riquezas de los trabajadores que pagan impuestos y que es la exigencia de abstenerse del trabajo productivo. Se puede decir que Toni Cantó es abstemio laboral, huye y evade cualquier actividad que conlleve un esfuerzo y signifique lograr su sustento a cambio de realizar alguna labor que aporte un bien a la sociedad. Pero no le basta con eso, la estima de los hombres de su clase social no se gana solo parasitando a los pobres, es necesario hacer alarde de ello, porque entre los suyos no importa cómo se gane el dinero, ni su procedencia, solo importa lograrlo. Exhibirlo, además, con desvergüenza, vanagloriándose de lograrlo a costa del trabajo ajeno y sin levantar la ceja es motivo de éxito social entre los propios. Porque tiene más valor cuanto menos esfuerzo es necesario para conseguirlo. Y en eso Toni Cantó ha sido primerito entre los campeones.

https://www.eldiario.es/opinion/zona-critica/toni-canto-abstemio-laboral_129_9305252.html

Los nuevos derechos de los empleados del hogar

Ha sido aprobada la normativa que mejora los derechos de los empleados de hogar. ¿Sabes qué medidas se aplicarán? ¡Sigue leyendo!

El Gobierno ha aprobado un Real Decreto Ley que supone la mejora de las condiciones laborales de las personas que trabajan en el servicio del hogar, mujeres en su gran mayoría. Estas medidas se basan principalmente en desempleo, pero también tienen relación con otras condiciones laborales como la justificación de las causas de despido, los contratos de trabajo por escrito o su protección frente a la seguridad y la salud en el puesto de trabajo.

Esta normativa responde a una petición histórica de ese colectivo que reivindicaba su equiparación en derechos laborales y de protección social con el resto de los trabajadores por cuenta ajena. A esto hay que añadir también el pronunciamiento del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) que declaró en una sentencia a principios de este año que, el sistema que teníamos hasta el momento era discriminatorio.

https://www.lawandtrends.com/noticias/laboral/los-nuevos-derechos-de-los-empleados-del-hogar-1.html

Horas extras o exceso de jornada, por qué no son equivalentes ambos conceptos

En algunas empresas la jornada laboral no acaba estrictamente cuando se cumplen las ocho horas de jornada laboral establecida. Muchas veces quedan cosas pendientes por hacer y se prolonga la jornada unos minutos. Otras veces estos minutos pasan a ser horas, que no siempre se cuentan como horas extras. Porque no es exactamente lo mismo horas extras que exceso de jornada.

En un criterio económico, se podría concluir que las horas extras se pagan y se compensan, pero el exceso de jornada ni lo uno, ni lo otro. No ocurre en todas las empresas, pero si es algo común en determinados sectores que finalizan la jornada cuando se acaba la faena. 3

https://www.lawandtrends.com/noticias/laboral/horas-extras-o-exceso-de-jornada-por-que-no-son-equivalentes-ambos-conceptos-1.html

Aplazados los primeros partidos de la Liga F por la incomparecencia de las árbitras

Los dos primeros partidos de la primera jornada de la Liga F, la Primera División del fútbol femenino que estrena su condición de profesional, han sido aplazados este sábado de manera definitiva por la incomparecencia de las árbitras designadas como protesta por su situación laboral y económica. Ni el Atlético de Madrid-Real Sociedad ni el Alhama-Madrid CFF, ambos fijados para las 12.00 horas, han podido celebrarse después de las colegiadas no hayan aparecido después de los 30 minutos ...

https://www.europapress.es/deportes/futbol-00162/noticia-aplazados-primeros-partidos-liga-incomparecencia-arbitras-20220910135311.html

La técnica de los 15 minutos de Harvard para ser más productivo en el trabajo

La productividad es una de las protagonistas de nuestro tiempo. No solo porque nos lo exigen las empresas y el trabajo, pero también por la propia presión que nos imponemos en el día a día para seguir el ritmo, buscamos y experimentamos con diferentes métodos para ser más productivos y optimizar más los tiempos de trabajo y estudio.

Con la irrupción del teletrabajo en la vida laboral, cada vez es más importante disponer de métodos que se ajusten a nuestros ritmos de trabajo y a nuestros objetivos laborales para tener una gestión del tiempo mucho más efectiva.

https://www.lainformacion.com/management/tecnica-minutos-universidad-harvard-ser-productivo/2873271/

El 80% de los mayores de 45 años que buscan empleo son mujeres

A cierre del pasado mes de agosto, en España había 2.924.240 inscritos en los registros del antiguo SEPE como parados. Son 40.428 más que un mes antes, aunque cerca de 410.000 menos que en el mismo mes de 2021. Son los últimos datos publicados por el Ministerio de Trabajo, que recogen también que el número de desempleados que no han trabajado aún en ningún momento ascendía en esa misma fecha a 241.076.

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La falta de incentivos para trabajar retiene a los parados bajo el cobijo del Sepe

Comercio y hostelería emplean a 148.000 personas menos que en el verano precovid

Dicho así, haciendo solo mención a los valores absolutos, los datos pierden parte de su dramatismo. La realidad es que un 8,24% de los parados no había trabajado nunca a 31 de agosto pasado. No es el peor dato de los últimos diez años, ni tampoco el mejor. Para desgracia del mercado laboral español, sólo en el año 2013, el ejercicio en el que se alcanzó la mayor tasa de paro en el pasado reciente, con cerca del 27% de la población activa,

https://www.vozpopuli.com/economia_y_finanzas/mujeres-45-empleo.html

Retribución flexible: qué es y cómo funciona

La retribución flexible consiste en el pago al trabajador por sus servicios prestados en la empresa por medio de salario en dinero y salario en especie. Esta flexibilidad permite al empleado sustituir el salario en efectivo por productos o servicios que la empresa le ofrece como pueden ser: seguros médicos, tickets restaurante, cheques de guardería, etc.

¿Está obligada la empresa a ofrecer un plan de retribución flexible a sus empleados?

La empresa no tiene la obligación de instaurar la retribución flexible. Se trata de un sistema que las empresas ofrecen a sus empleados y ellos deciden voluntariamente acogerse o no a él.

Las empresas solo tienen la obligación de cumplir con los beneficios sociales que pueden establecerse en los convenios colectivos de aplicación.

https://www.lawandtrends.com/noticias/laboral/retribucion-flexible-que-es-y-como-funciona-1.html

Fallece el trabajador de 50 años herido en un accidente laboral en La Nucía

El trabajador que el pasado miércoles resultaba herido con politraumatismos en un accidente laboral en La Nucía, finalmente ha fallecido.

El departamento de Salud Marina Baixa ha confirmado a Onda Cero Marina Baixa el fallecimiento de este trabajador. El hombre, de 50 años, fallecía “a las pocas horas de ser ingresado” en el Hospital Comarcal Marina Baixa “como consecuencia de las heridas” que presentaba.

El accidente laboral se producía el miércoles a las 10:00 horas según informaba Centro de Información y Coordinación de Urgencias cuando un trabajador de una empresa de La Nucía caía desde una altura de cinco metros.

Hasta el lugar se movilizaba una unidad del Samu y otra de SVB. El equipo médico realizaba al trabajador diversas maniobras hasta que logro su estabilización. Posteriormente fue trasladado con politraumatismos, al hospital Marina Baixa de la Vila Joiosa, donde fallecía pocas horas después.

https://www.ondacero.es/emisoras/comunidad-valenciana/marina-baixa/noticias/fallece-trabajador-50-anos-herido-accidente-laboral-nucia_20220909631af6daa1854f00017aa066.html

Los sueldos españoles caerán un 4,4% y duplican la pérdida de poder adquisitivo de la OCDE

El drama de la inflación se come mes a mes poder adquisitivo en los bolsillos de los españoles, y en España se ha establecido por encima del 10% interanual. En concreto, España duplicará este año la pérdida de poder adquisitivo media de las economías desarrolladas. Los salarios reales como resultado de descontar la inflación resultarán un 4,4% más bajos este 2022 como consecuencia de la crisis de precios y de unos salarios por convenio que cubren sólo a 7,12 millones de trabajadores y suben de media un 2,6% hasta agosto.

La media de la OCDE, donde están las economías avanzadas, recoge una pérdida de poder adquisitivo de las nóminas al descontar la inflación del 2,3%. Ante esta premisa, el organismo liderado por Mathias Cormann se postula frente al estancamiento de las subidas salariales y argumenta que el riesgo de una espiral salarios-precios es menor en esta crisis.

https://www.eleconomista.es/economia/noticias/11937839/09/22/Los-sueldos-espanoles-caeran-un-44-y-duplican-la-perdida-de-poder-adquisitivo-de-la-OCDE.html

"Ginecología interpreta la ley a su favor para no dar bajas por regla"

La nueva normativa de Salud Sexual y Reproductiva y de Interrupción Voluntaria del Embarazo ha generado un nuevo conflicto médico ante el derecho a la baja temporal de las mujeres con reglas dolorosas. Los facultativos están de acuerdo en que las dismenorreas son incapacitantes, pero disienten sobre qué especialistas deben asumir la gestión de estas incapacidades temporales transitorias.

Tras la petición de colaboración de Atención Primaria a Ginecología y Urgencias, ambas han manifestado que no pueden participar en la gestión de bajas por reglas dolorosas debido a las trabas legislativas. "Los médicos de Familia son los únicos facultativos que pueden tramitar una incapacidad laboral transitoria, concepto bajo el que se recoge el dolor de regla", explicaba a Redacción Médica. María Jesús Cancelo, vicepresidenta de la Sociedad Española de Ginecología y Obstetricia (SEGO).

https://www.redaccionmedica.com/secciones/medicina-familiar-y-comunitaria/-ginecologia-interpreta-la-ley-a-su-favor-para-no-dar-bajas-por-regla--3812

Entra en vigor la obligatoriedad de transparencia salarial

El pasado 1 de Agosto entró en vigor la Directiva (UE) 2019/1152 relativa a las condiciones laborales transparentes y previsibles en la Unión Europea, que tiene como objetivo mejorar las condiciones de trabajo mediante la promoción de un empleo que ofrezca mayor transparencia y previsibilidad.

Esta directiva actualiza las normas relativas a la información que hay que proporcionar a los trabajadores acerca de sus condiciones de trabajo.

Como se indica en el artículo 4, “Los Estados miembros velarán por que se exija a los empleadores informar a los trabajadores sobre los elementos esenciales de su relación laboral, como son;

a) la identidad de las partes de la relación laboral;

b) el lugar de trabajo. A falta de lugar de trabajo fijo o principal, el principio de que el trabajador está empleado en diferentes lugares o puede determinar libremente su lugar de trabajo, así como la sede o, en su caso, el domicilio del empleador;

c) cualquiera de los siguientes:

o bien el cargo, el grado y la naturaleza o categoría del trabajo para el que se ha empleado al trabajador...

https://www.lawandtrends.com/noticias/laboral/entra-en-vigor-la-obligatoriedad-de-transparencia-salarial.html

Tipos de contrato que puede hacer ahora un autónomo

La reciente reforma laboral ha modificado los tipos de contrato que existen. Si un profesional autónomo quiere contratar una persona tiene cuatro tipos de contratos para poder hacerlo.

Es necesario conocer las condiciones y características de cada uno para determinar cuál es posible realizar, cuál es que más conviene en función del tipo de negocio, además de conocer los pasos que ha de dar el profesional autónomo para contratar un empleado.

Tipos de contrato que hay actualmente

Tras la reforma laboral, distinguimos cuatro grandes grupos de contratos. Sin embargo, cada uno de ellos tiene sus salvedades o circunstancias específicas. vamos a ver cuáles son.

https://cincodias.elpais.com/cincodias/2022/09/08/autonomos/1662638036_450298.html




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