Palma, 8 feb (EFE).- El joven acusado de grabar un vídeo que se hizo viral en redes sociales cuando la Policía entró en un piso de Palma en el que se celebraba una fiesta en pleno estado de alarma ha sido condenado al pago de una multa de 2.520 euros por un delito de calumnias.
El juzgado de lo Penal número 6 de Palma también ha condenado al hombre a indemnizar a cada uno de los agentes que intervinieron en la actuación policial con 3.000 euros por los daños morales a raíz de la difusión de la grabación, tal como ha avanzado Última Hora.
Durante el juicio, celebrado el pasado 24 de enero en Palma, el chico aseguró que la madrugada del 9 de mayo de 2020 no se autorizó la entrada de los agentes a la vivienda de su amigo, ubicada en el Paseo Marítimo de la capital balear, por lo que grabó lo ocurrido y difundió el vídeo por un grupo de Whatsapp con unos veinte participantes, algunos de ellos policías y guardias civiles.
Las acusaciones particulares, ejercidas por la Confederación Española de la Policía (CEP) y del sindicato policial JUPOL, pedían penas del año y ocho meses a los tres años de prisión por los delitos de calumnias, injurias, desobediencia grave y contra la intimidad de los agentes, así como el pago de indemnizaciones de 3.000 a 4.000 euros.
La magistrada remarca en su resolución que el morador de la vivienda sí dio permiso a los agentes para entrar en la vivienda, tal como relató en el juicio, sin que se hiciera distinción entre el salón y las habitaciones, donde se encontraban escondidos otros participantes en la fiesta, entre ellos el encausado.
En su sentencia, la jueza concluye que días después, el joven manifestó en al menos tres entrevistas en medios de comunicación que los agentes habían accedido al piso sin autorización de su amigo y que, por ello, habían cometido un delito, pese a saber que el morador había permitido la entrada de los policías.
Sobre la petición de condena contra la intimidad, el derecho a la propia imagen y la inviolabilidad del domicilio, la magistrada sostiene que el joven reconoció en el juicio haber grabado la intervención policial, que lo envió por Whatsapp pero que desconocía como dicha grabación había llegado a los medios.
“Es cierto que por parte de la defensa del acusado no se ha aportado prueba alguna de que el acusado solicitara que no se difundiera la grabación a terceras personas más allá del citado grupo de Whatsapp, pero tampoco por parte de la acusación se ha desplegado prueba de cargo de que efectivamente fuera el acusado quien difundiera dicha grabación en redes sociales tales como Twitter, Youtube o Facebook”, apunta la jueza, que ha absuelto al joven de este delito en cuestión.
La Fiscalía solicitaba que el joven fuera condenado a dos años de prisión por el delito de calumnias y al pago de 3.000 euros de indemnización para cada uno de los cinco policías actuantes.
Inicialmente, el ministerio público apreciaba el delito de desobediencia, al negarse a identificarse cuando los policías se lo requirieron, si bien finalmente retiró esta petición en el juicio.
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