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  • El Despacho celebró la primera jornada de ‘Pérez-Llorca Laboral al Día’ de 

El área de Laboral, compensación y beneficios de Pérez-Llorca celebró una nueva sesión de ‘Pérez-Llorca Laboral al Día’ que contó con la participación de Daniel Cifuentes e Isabel Moya, socios del área, y de Yolanda Valdeolivas, Of Counsel de esta práctica, quienes abordaron las principales tendencias en el mercado del trabajo en los próximos meses

El seminario fue inaugurado por Daniel Cifuentes, que expuso los últimos y más significativos pronunciamientos judiciales del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, el Tribunal Supremo y la Audiencia Nacional. Cifuentes destacó la sentencia del Tribunal Supremo de 21 de noviembre de 2023 referente a derechos de conciliación de la vida profesional, personal y familiar en la que el Tribunal limita la distribución de la reducción de jornada a la estructura de la jornada ordinaria “sin que pueda exigirse, salvo mutuo acuerdo, la conversión de la jornada partida en continuada o el cambio de horario o el de turno de trabajo pasando de un sistema de trabajo a turnos a un turno fijo”. El socio del Despacho también señaló la dictada por el Tribunal Supremo de 12 de diciembre de 2023 en la cual se rechaza la posibilidad de que, en familias monoparentales, el único progenitor acumule a su prestación por nacimiento de hijo la que le hubiera correspondido al otro progenitor.

A continuación, y como ya es habitual en las sesiones de ‘Pérez-Llorca Laboral al Día’, Isabel Moya presentó el “Top 3” de las sentencias más importantes de los últimos meses. La primera posición fue para la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea dictada el día 18 de enero de 2024, en virtud de la cual el Tribunal de Justicia de la Unión Europea determina contraria al objetivo de integración profesional de las personas con discapacidad, y al artículo 5 de la Directiva 2000/78/CE, la extinción del contrato por parte del empresario, al amparo del artículo 49.1.e del Estatuto de los Trabajadores, cuando la causa sea la incapacidad permanente debida a una discapacidad sobrevenida durante la relación laboral, sin estar el empresario obligado, con carácter previo, a prever o mantener ajustes razonables.

Para concluir la sesión, Yolanda Valdeolivas analizó los cambios en la normativa laboral previstos en 2024, como es el caso de las nuevas causas de nulidad en los despidos durante el disfrute de permisos o de incapacidad, la regulación de las horas complementarias y el cómputo de bajas voluntarias. Asimismo, Valdeolivas señaló las consecuencias para las empresas de dos novedades legislativas. Por un lado, la aprobación del anteproyecto de ley para la transposición de la Directiva (UE) 2019/1152 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, relativa a unas condiciones laborales transparentes y previsibles en la Unión Europea que reconoce a la persona trabajadora de un nuevo derecho de previsibilidad en las condiciones de trabajo, refuerza la obligación de la organización de informar por escrito de estas e impide obstaculizar el pluriempleo de los profesionales. Por otro lado, la modificación de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social que recoge en su artículo 75.4 que, en el caso de que sea la empresa quien no acuda al acto de conciliación, se le podrá imponer, además de las costas, una multa de entre 180 y 6.000 euros.

 




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