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El Juzgado de 1ª Instancia nº 12 de Gijón ha condenado a una mujer a indemnizar con 2.000 euros a su ex marido por pedir un abogado de oficio, sabiendo que no le correspondía, para dilatar el proceso iniciado por su ex pareja para extinguir la pensión alimenticia.

“El fallo es fundamental para evitar prácticas abusivas y declara que la solicitud del beneficio de la justicia gratuita ejercido por la demandada fue realizado con abuso de derecho”, afirma Beatriz Rodríguez Zapico, abogada que lo ha conseguido.

En 2020 el ex marido había interpuesto contra la mujer una demanda de modificación de medidas para extinguir la pensión de 550 euros mensuales a favor del hijo de ambos.

“Esta indemnización es en concepto de daños y perjuicios, como consecuencia de la paralización del procedimiento de modificación de medidas durante 11 meses, por el ejercicio infundado del derecho a la asistencia jurídica gratuita instado por la demandada y, en consecuencia, la dilatación del pago de la pensión alimenticia”, manifiesta Rodríguez.

“Resulta flagrante que el ejercicio del derecho a la asistencia jurídica gratuita se ha llevado a cabo en contra de sus legítimos fines económicos y sociales, esto es, asegurar la gratuidad de la asistencia jurídica para quienes carecen de suficientes recursos  económicos”, incide la abogada que asegura que los ingresos de la mujer eran superiores a 30.000 euros anuales.

Además le impone las costas procesales a la mujer de conformidad con lo previsto en el artículo 394.1 de la L.E.C.

La letrada añade que están conformes con la indemnización. “La demanda nunca tuvo como finalidad el lucro económico, pretendía poner fin a las prácticas de quienes sin ningún tipo de escrúpulo, en beneficio propio y, en perjuicio de terceros, hacen un uso abusivo del derecho a la asistencia jurídica gratuita,  pervirtiendo el sistema de tutela judicial efectiva y aprovechándose del amparo que ofrece una ley que a día de hoy no cuenta  con instrumento alguno para  poner  fin a conductas como la denunciada”.

Por ello Rodríguez explica que se vieron obligadas a solicitar amparo judicial, pues si bien la ley recoge mecanismos para revocar el derecho a la asistencia jurídica gratuita a quien lo obtuvo de manera fraudulenta, “nada señala de quienes con fines espurios instan tal  reconocimiento a sabiendas de incumplir los requisitos económicos para su obtención”.




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