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  • El juez también les condena a un pena de alejamiento de 200 metros de la víctima durante tres años y seis meses

El juez de la Audiencia Provincial ha dictado la sentencia del juicio por Jurado que se celebró contra dos acusadas de un delito de allanamiento de morada. Impone a cada una de ellas una pena de seis meses de prisión, alejamiento de la víctima de 200 metros durante tres años y seis meses y a indemnizarla en la cantidad de 500 euros.

El jurado emitió por unanimidad un veredicto de culpabilidad para las dos acusadas de allanamiento de morada. Sin embargo, no consideró que hubieran intimidado o amenazado a la víctima para permanecer en su domicilio. El Tribunal Popular también acordó por unanimidad la suspensión de la pena privativa de libertad, por lo que las acusadas no ingresarán en prisión.

El jurado estimó probado, y así se recoge en la sentencia, que ambas acusadas permanecieron en el domicilio de la víctima “sin residir en él y en contra de la voluntad de ésta, manifestada en diversas ocasiones, en las que le pidió insistentemente que abandonaran el mismo”

La sentencia considera probado que en septiembre de 2014 una mujer de 53 años decide alquilar un piso en Logroño para cuidar a un familiar enfermo. Seguidamente contacta con una de las acusadas para que se encargue del familiar impedido. En octubre acuerda con ella alojamiento en la casa y un contrato de trabajo tras un periodo de prueba. Días más tarde la acusada pide que su hija también viva en la casa. Poco después la persona enferma a la que deben cuidar es ingresada en el hospital, por lo que su familiar decide prescindir de los servicios de las acusadas. Estas se niegan a abandonar hasta que son denunciadas por la víctima ante la Policía y son desalojadas el 10 de noviembre.




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