La Sala de lo Civil y Penal del TSXG ha estimado el recurso de apelación presentado por el hombre considerado culpable por un jurado popular de haber matado a su mujer en Narón en diciembre de 2015. El tribunal entiende que “se debe declarar que la sentencia impugnada, y el veredicto en el que se apoya, adolecen de falta de motivación, defecto que conlleva la declaración de nulidad por atentar al derecho a la tutela judicial efectiva”. Como consecuencia de esta nulidad, la Sala ordena que con nuevo tribunal del jurado y diferente magistrado presidente, se celebre un nuevo juicio oral.
Se indica en la resolución del TSXG, que “la sentencia impugnada se ha limitado a llevar a cabo la plasmación de una somera referencia a la prueba practicada sin explicitar absolutamente nada en relación a su valor probatorio; y tratándose de indicios los elementos incriminatorios principales –lo que sí pone de relieve- en modo alguno se ponen de manifiesto cuáles son y por qué se tienen por ciertos, pero es que, además, no hay rastro alguno del juicio de inferencia que, necesariamente, debe constar en la resolución que se apoya en esta prueba para llegar a la destrucción de la presunción de inocencia”.
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