La Sala Civil y Penal del TSJ de Asturias ha desestimado íntegramente el recurso presentado por la representación legal de un conocido confitero de Avilés y ha confirmado en todos sus términos la sentencia de la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Asturias que, vinculada al veredicto de un jurado popular, le había condenado el pasado mes de marzo a 24 años de prisión por el asesinato de su esposa.
La sentencia del TSJA, que no es firme y puede ser recurrida ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo, considera que el veredicto del jurado estuvo bien motivado, no se ha vulnerado la presunción de inocencia del condenado y tanto la calificación jurídica de los hechos como la determinación de la pena son ajustados a derecho.
Los hechos probados ocurrieron entre la tarde del 25 y la madrugada del 26 de enero de 2016, cuando el hombre y su esposa, aprovechando que el martes su negocio, una de las confiterías mas conocidas de Avilés, permanecía cerrado por descanso semanal, acudieron a cenar a un restaurante de dicha ciudad regresando a su domicilio en torno a las 23,00 horas. Una vez allí, tras conversar durante un rato, la mujer se acostó y sobre las 04,00 horas ya del día 26 de enero, el acusado se habría dirigido al dormitorio conyugal y, encontrándose a la mujer dormida, le propinó, con una llave inglesa, numerosos golpes en la cabeza, provocándole un politraumatismo craneoencefálico severo que según los informes forenses determinó su fallecimiento.
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