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  • Los procesados son responsables de delito continuado de malversación de caudales públicos en concurso con prevaricación y falsificación en documento mercantil

La Sala II del Tribunal Supremo ha condenado a 4 años y 6 meses de cárcel y 8 años de inhabilitación absoluta al interventor del ayuntamiento de Arrecife (Lanzarote) C.F.S.M., al responsable de la Oficina Técnica de dicho constistorio J.R.A.A. y al empresario J.D.H.H., por delito continuado de malversación de caudales públicos en concurso con prevaricación (y además delito de falsificación en documento mercantil en el caso del último de los acusados citados).

Ello supone una reducción respecto a los 5 años y 3 meses de prisión que impuso a cada uno de los tres la Audiencia Provincial de Las Palmas en enero de 2016, una modificación que viene impuesta por la aplicación al caso del nuevo artículo 77 del Código Penal, que establece las penas cuando uno de los delitos sea medio necesario para cometer el otro, sin que la suma pueda exceder de las penas concretas que hubieran sido impuestas separadamente por cada delito.




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