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  • El PSOE bloquea ciertos supuestos de la reforma del Código Penal

Después de que Asociación DIA lanzara una nota de prensa criticando la postura cerrada y de bloqueo del Partido Popular ante la reforma del código penal, se recibía con alegría la noticia de que el PP habría rectificado su planteamiento.

Silvia Valmaña, diputada del PP por Guadalajara y vocal de la Comisión de Justicia del Congreso -y responsable del posicionamiento del Grupo Parlamentario Popular en lo que a la reforma del Código Penal se refiere-, habría aceptado uno de los puntos clave: el punto que introduce la cobertura de la imprudencia menos grave también a las lesiones del 147.1 -no invalidantes, y que ahora están excluidas-, después de que el propio Fiscal coordinador de Sala de Seguridad Vial hubiera remitido un documento a la Comisión -a petición de Valmaña- para poder debatir y encontrar más argumentos de peso sobre este particular.

Se trataba de una reclamación trascendental para las víctimas: que se aclare la definición de imprudencia menos grave, que ahora mismo es ambigua, como aquella por la que se infringe una norma de tráfico y se causa lesionados o fallecidos, y dentro de los lesionados introduciéndose los lesionados que se definen en el artículo 147.1 que son lesiones graves pero no invalidantes.

Lamentablemente, ahora es el PSOE quien no está de acuerdo con esta definición, segun informa Asociación DIA

Semana clave para la reforma del Código Penal

Desde AsociaciónDIA celebran el cambio de actitud del PP en una fecha clave, pues la semana del 12 de noviembre se votará el texto definitivo para la reforma del Código Penal que se remitirá al Pleno. Posteriormente el Pleno votará y el texto sería llevado de manera ulterior al Senado. La semana que viene, por tanto, se celebra una reunión de trabajo de la Comisión de Justicia, a puerta cerrada, entre los distintos grupos para llegar a un acuerdo con las enmiendas transaccionales.

Sin embargo, les entristece que ahora sea el Grupo Parlamentario Socialista el que de la espalda a un matiz tan importante del texto.

"Desde aquí, apelamos a los diputados del PSOE a que se posicionen en favor de la mayoría de la ciudadanía, y en particular del lado de las víctimas de accidentes, colectivo particularmente vulnerable, y de la justicia. Que no desvíen sus intenciones por culpa de presiones políticas. dice Francisco Canes Doménech, presidente de Asociación DIA y Fundtrafic.

Ahora es el Partido Socialista quien estaría en desacuerdo con este punto en particular, siendo Pablo Bellido, diputado del PSOE por Guadalajara, quien estaría rechazando este supuesto siguiendo las indicaciones del Ministerio de Justicia.

Según la información que maneja la AsociaicónDIA, los jueces no querrían incluir este supuesto porque suponen que se puede interpretar que tras un accidente, con dos puntos de sutura o por latigazo cervical se llevaría la causa por delito y no están por la labor. El caso es que por ese tipo de lesiones están cerrando el paso a la protección de las víctimas del 90% de los accidentes, que es cuando se comete una infracción a una norma de tráfico con resultados lesivos para las personas con lesiones relevantes pero que no son las del 149 y 150 del CP.

Novedades en el Código Penal

Un consenso que sí han aceptado los socialistas y el resto de grupos parlamentarios es que en el texto figure la definición de imprudencia menos grave como aquélla en la que se causa un accidente por la comisión de una infracción calificada como grave en la Ley de Seguridad Vial. Una reivindicación que desde los colectivos de víctimas, encabezados por nuestra asociación, hemos defendido por lógica y por justicia.

Este es uno de los principales consensos en los que se están trabajando, y que revertirán los perjuicios que la anterior reforma de 2015 -impulsada por el PP- está causando a las víctimas, a pesar de que se queda corto.

Elevar los grados en las penas por imprudencias:

  • Cuando hay notoria gravedad junto con dos o más fallecidos, o un fallecido y dos lesionados de gravedad en otros perjudicados: se eleva un grado hasta los seis años.
  • Cuando hay notoria gravedad y hay a partir de 5 fallecidos se eleva dos grados (hasta los 9 años).

"Las víctimas no estamos de acuerdo con este planteamiento, pues consideramos que en los del 379 y 380 del CP, aunque haya un solo perjudicado, se deberían elevar las penas y desbloquear la regla del 382 del CP.", señalan desde Asociación DIA.

Lo que hay que matizar es que no figura la palabra "voluntad consciente". El matiz es que se condenará:

  • hasta dos años si hay homicidio y fuga si el accidente es causado por caso fortuito; 
  • de dos años y un día a cuatro si interviene imprudencia del causante.

Sin embargo, AsociaiciónDIA considera que no es acertado, pues en el caso de la fuga siempre hay voluntad consciente y lo que se está teniendo en cuenta para condenar esta conducta es la causa del accidente.

"Es la causa del accidente la que se vincula a la pena, algo que no nos convence porque la fuga tras causar el accidente es independiente del hecho voluntario de fugarte, normalmente porque quien lo causa suele huir por ocultar drogas, alcohol, falta de seguro, de carné, etc. por lo que pedimos penas que siempre sean más duras que quedarte aunque vayas con alcohol o drogas", conculyen desde la Asociación DIA.




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