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La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ordenó reabrir la causa, que había sido archivada, el pasado mes de septiembre

El juez de la Audiencia Nacional José de la Mata ha acordado la transformación en procedimiento abreviado de la investigación por el fichaje del delantero brasileño Neymar a raíz de una querella de la empresa DIS y propone que sean juzgados por corrupción entre particulares y estafa impropia el presidente del FC Barcelona Josep María Bartomeu y su antecesor en el cargo, Sandro Rosell, así como el propio club, además del jugador y sus padres por el primero de los delitos.

En el auto por el que acuerda la transformación de las diligencias en procedimiento abreviado y pone fin a la instrucción, el titular del Juzgado Central de Instrucción número 5 da diez días a las acusaciones para que soliciten la apertura de juicio oral formulando escrito de acusación o el sobreseimiento de la causa.

De la Mata recuerda en su resolución judicial que la Sala de lo Penal ordenó reabrir la causa el pasado mes de septiembre y continuar las diligencias por el trámite del procedimiento abreviado. Ahora, dando cumplimiento a ese auto de la Sala, el instructor fija los hechos objeto del procedimiento y las personas contra las que se dirige.

Según explica el magistrado, tal y como establece la Sala de lo Penal el contrato firmado en 2011 por el que Neymar recibiría 40 millones de euros para fichar en el futuro por el Barcelona “habría alterado el libre mercado de fichaje de futbolistas, al impedir que el jugador entrase en el mercado conforme a las reglas de la libre competencia, de modo que se obtuviera una mayor cantidad económica por el traspaso”, constituyendo el delito de corrupción entre particulares.

“Si el objetivo y finalidad de este contrato fue directamente alterar el mercado de fichajes de futbolistas, según estima la Sala (…) entonces es razonable pensar que los dos directivos que intervinieron en su firma”, en alusión a Rosell y Bartomeu, entonces presidente y vicepresidente, respectivamente, “fueron responsables de esta decisión, de la firma del contrato y conscientes de esta finalidad ilícita”.

Igualmente considera el juez responsable de los hechos a las partes contratantes en esos contratos, esto es, Neymar da Silva JR y Neymar da Silva Santos.

 En relación con el propio FC Barcelona y la sociedad N&N, el titular del Juzgado Central de Instrucción 5 considera que también son responsables por cuanto los hechos descritos fueron realizados por representantes legales de ambas entidades “sin que además conste (de hecho, lo acreditado es la situación contraria) que se hubieran adoptado por el órgano de administración de cada una de las entidades mecanismos o modelos de organización y control para prevenir delito de esta naturaleza”.

En el caso al delito de estafa impropia por los tres contratos suscritos en 2013 cuando el FC Barcelona anticipa la contratación de Neymar Jr -sin esperar a que quedara libre de compromisos con su entonces club, el Santos, a partir de julio de 2014- , el juez recuerda que fueron considerados por la Sala como “una simulación consciente y urdida para la comisión de la estafa”.




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