La Sección 23 de la Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a dos años de prisión y a quince meses de multa con una cuota diaria de 6 euros al policía nacional Pedro C. G. por un delito contra la intimidad al considerar acreditado que instaló en 2015 una cámara en el vestuario femenino de la comisaría donde prestaba servicios con el objetivo de grabar a sus compañeras mientras éstas se cambiaban.
El fallo de la resolución también recoge que el condenado deberá de indemnizar a cada una de las tres víctimas que aparecían en los vídeos grabados en la cantidad de 2.000 euros en concepto de perjuicios y daños morales.
Esta resolución no es firme y contra ella cabe interponer recurso de apelación ante la Sala de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
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